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Decisión fulminante del Tribunal de Cuentas Bonaerense: la apelación de María Luján Olgiati y José Luis Horna fue declarada improcedente formalmente, cerrando la puerta a su intento de revisión de un polémico artículo. ¿Qué implicaciones tiene este revés judicial?
¡ATENCIÓN! El Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha dictado la Resolución N° 156/2025 –sí, ¡2025!–, declarando la 'improcedencia formal' del recurso de revisión presentado por María Luján OLGIATI y José Luis HORNA. Este fallo es un golpe directo a su intento de impugnar secciones clave de una resolución previa, cerrando la vía legal sin analizar el fondo del asunto. La apelación fue rechazada por fallas en la forma, destacando la rigurosidad burocrática del sistema.
Esta decisión reafirma la solidez de la resolución original que Olgiati y Horna buscaban revertir. El Tribunal de Cuentas es un actor fundamental en la fiscalización de fondos públicos. La curiosa numeración '2025' en una resolución actual podría ser una errata o un detalle de clasificación. Para el ciudadano, esto subraya la importancia de los procedimientos en la administración pública. Es vital consultar el Boletín Oficial para futuras actualizaciones.