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La Inspección General de Justicia abre una puerta gigante a la flexibilidad empresaria, permitiendo que las sociedades 'regulares' se transformen en las menos formales de la Sección IV. ¿El fin de la burocracia o un caos legal?
La Inspección General de Justicia (IGJ) ha dictado una resolución histórica que sacude los cimientos del Derecho Societario argentino. A partir de ahora, las sociedades regularmente constituidas (como las S.A., S.R.L. o S.A.S.) podrán transformarse en sociedades de la Sección IV del Capítulo I de la Ley 19.550, es decir, las antes conocidas como "sociedades irregulares" o "de hecho". ¡Esto era impensado hasta ahora y representa una flexibilización brutal!
Esto es un verdadero terremoto para el ecosistema empresarial. Las empresas ahora tienen una flexibilidad sin precedentes para adaptar su estructura jurídica. Si un negocio ya no necesita la rigidez y los costos de una S.A. o S.R.L., o busca simplificar su administración, puede optar por una forma más liviana. Esto podría reducir costos de mantenimiento, burocracia y trámites para muchas pymes y emprendimientos. La IGJ argumenta que "la ausencia de una prohibición expresa que impida a las sociedades regularmente constituidas transformarse en sociedades de la Sección IV... debe reputarse como un acto admitido y permitido por la normativa vigente".
La IGJ fundamenta su decisión en el artículo 19 de la Constitución Nacional ("lo que no está prohibido, está permitido") y el artículo 162 del Código Civil y Comercial, que habilita transformaciones genéricas. Se rompe con una interpretación histórica de la Ley de Sociedades que limitaba la transformación solo entre tipos "regulares" o hacia la regularización. Este es un claro guiño a la desregulación y a la autonomía de la voluntad privada.
Si bien favorece la libertad contractual y la adaptabilidad de los negocios, es crucial que los empresarios entiendan las implicaciones legales. En las sociedades de la Sección IV, la responsabilidad de los socios suele ser ilimitada y solidaria, un riesgo que no debe tomarse a la ligera. Para el ciudadano común o el pequeño empresario, esta resolución abre la puerta a simplificar enormemente la vida de su negocio. Pero ojo, la letra chica es clave: el proceso exige balance especial, dictámenes contables y publicaciones. Es fundamental asesorarse bien para no pasar de la burocracia a un problema legal mayor. Es vital seguir de cerca cómo se implementa esta resolución y si genera debates o nuevas interpretaciones judiciales. ¡El futuro de las empresas en Argentina acaba de cambiar!