¡REVOLUCIÓN LÁCTEA PARA EUROPA! SENASA EXIGE NUEVAS NORMAS EN TAMBOS DE EXPORTACIÓN
El SENASA lanza una batería de requisitos para tambos que busquen exportar a la Unión Europea y el Reino Unido. Se busca garantizar la calidad y sanidad, pero la burocracia digital y la obligatoriedad de un veterinario co-responsable ya generan debate en el sector.
Índices de Impacto
Organizaciones
- SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA)
- ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT)
- UNIÓN EUROPEA (UE)
- REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE
Fechas Clave
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) ha puesto en marcha un nuevo y estricto marco regulatorio para los tambos que aspiran a enviar sus productos lácteos a la Unión Europea (UE) y al Reino Unido. Esta medida, que entrará en vigencia en noventa días corridos desde su publicación, busca homologar las producciones locales con las exigencias sanitarias y de calidad de los mercados más demandantes del mundo.
¿Qué cambia exactamente y a quién afecta?
Ahora, todos los tambos que provean leche a plantas destinadas a la exportación a la UE y el Reino Unido deberán someterse a un riguroso proceso de habilitación y renovación cada dos años. Esto implica:
- Presentar una solicitud a través de la plataforma SIGTrámites.
- Constituir un Domicilio Electrónico (DE), un paso clave en la digitalización de la administración pública que el SENASA ya venía implementando.
- Cumplir con una serie de requisitos sanitarios, higiénicos y estructurales detallados en los anexos de la resolución.
Pero la gran novedad, y el punto que más resuena en el sector, es la obligatoriedad de un Médico Veterinario privado o acreditado que asumirá el rol de co-responsable sanitario del tambo. Este profesional tendrá a su cargo desde la sanidad del rodeo y el bienestar animal hasta la higiene de las instalaciones y el mantenimiento de registros. Una carga adicional que, si bien busca elevar los estándares, podría significar un costo extra y un desafío logístico para muchos productores.
Contexto e implicaciones
Esta resolución se enmarca en la Ley N° 27.233, que declara de interés nacional la sanidad animal y vegetal, y en la necesidad de Argentina de mantener y expandir su presencia en mercados internacionales con altos estándares, como la UE, que ya tiene reglamentos estrictos desde 2002 sobre seguridad alimentaria.
"La intervención de las autoridades sanitarias no exime de responsabilidad directa o solidaria a los distintos actores de la cadena agroalimentaria..." subraya la normativa, dejando claro que la responsabilidad primaria recae en el productor.
Para los tambos que no cumplan, la habilitación será denegada y tendrán un máximo de tres inspecciones para subsanar deficiencias. Si no lo logran, no podrán solicitar una nueva habilitación hasta pasado un año. Las habilitaciones ya existentes mantendrán su vigencia hasta la renovación, momento en el que deberán adaptarse a la nueva normativa. Esta medida, aunque necesaria para la competitividad exportadora, podría generar un sacudón en la estructura de costos y operación de los pequeños y medianos productores lecheros que busquen acceder a estos mercados, o que ya lo hacen y deberán actualizarse.
