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La Aduana de Bernardo de Irigoyen y Formosa lanzan una serie de edictos de notificación a decenas de personas por infracciones graves al Código Aduanero. Con multas que escalan a cifras impactantes y la amenaza de perder mercadería, el Estado aprieta el cerco contra el contrabando y la evasión fiscal. ¡Tenés solo diez días para responder o enfrentar las duras consecuencias!
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero ha desatado una verdadera cacería contra los infractores en las fronteras, emitiendo edictos de notificación que afectan a decenas de individuos en Bernardo de Irigoyen (Misiones) y Formosa. Estos avisos oficiales, publicados en el Boletín Oficial, son la última llamada para quienes se encuentran bajo la lupa de la aduana por presuntas infracciones al Código Aduanero (Ley N° 22.415).
Los edictos, fundamentados en artículos como el 1013 inc. h), 874, 947, 970, 977, 985, 986 y 987 del Código Aduanero, citan a los involucrados para que, en un plazo perentorio de diez días hábiles, comparezcan ante las respectivas aduanas. El objetivo es que presenten sus defensas, ofrezcan pruebas y constituyan domicilio legal. La advertencia es clara: de no hacerlo, se declarará su rebeldía, lo que conlleva graves implicaciones legales y económicas.
Las cifras de las multas son, en muchos casos, escalofriantes. Se observan montos que van desde los $48.384 hasta impactantes $90.605.901,42 en un solo caso en Formosa, o $11.178.683,4 en Bernardo de Irigoyen. Estos valores representan la multa mínima, y la posibilidad de acogerse a los beneficios de los Arts. 930 y 932 del Código Aduanero implica el pago de dicho monto para extinguir la acción penal aduanera.
Pero no solo el bolsillo está en juego. La Aduana ha intimado a los titulares o interesados de la mercadería secuestrada a que, en el mismo plazo de diez días, soliciten una destinación aduanera permitida, previo pago de multas y tributos. En caso de no cumplir, los bienes serán considerados abandonados en favor del Estado Nacional. Esto significa que la mercadería podría ser vendida, puesta a disposición de la SGPN (Secretaría General de la Presidencia de la Nación) o, en casos extremos donde su permanencia implique peligro o inalterabilidad, destruida conforme al Art. 448 de la Ley 22.415.
"La omisión de respuesta en el plazo establecido puede significar la pérdida total de la mercadería y la consolidación de multas millonarias."
Estas notificaciones subrayan la intensificación de los controles en zonas de frontera, epicentros de actividades de contrabando. Para los ciudadanos comunes, es un recordatorio de la importancia de la transparencia en el comercio internacional y las severas consecuencias de intentar evadir los controles aduaneros. Se recomienda a los mencionados en los edictos buscar asesoramiento legal urgente para evitar mayores perjuicios.
Para estar informado: Mantente atento a las publicaciones del Boletín Oficial y consulta con expertos en derecho aduanero ante cualquier duda sobre comercio exterior.