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El Ministerio de Trabajo cita a los derechohabientes de Montero Nahue Nahime para reclamar una indemnización bajo la Ley de Contrato de Trabajo. ¡Atención: solo 5 días para presentarse!
Una notificación crucial ha sido emitida por el Ministerio de Trabajo, Delegación de Trabajo y Empleo Quilmes, que podría cambiar el futuro de los herederos de MONTERO NAHUE NAHIME (DNI 32.129.719). La Disposición N° 112-DLRTYEQMTGP-2026, publicada el 17 de marzo de 2026, insta a los derechohabientes a presentarse en un plazo perentorio de cinco (5) días para acreditar su vínculo y reclamar una indemnización bajo el artículo 248 de la Ley N° 20.744 de Contrato de Trabajo (LCT).
El artículo 248 de la LCT establece que, en caso de fallecimiento del trabajador, sus derechohabientes (cónyuge, conviviente, hijos, padres, etc.) tienen derecho a percibir una indemnización equivalente a la prevista en el artículo 247 de la misma ley, es decir, la mitad de la indemnización por antigüedad que le hubiese correspondido al trabajador si la relación laboral se hubiera extinguido por despido sin justa causa. Esta indemnización busca proteger económicamente a la familia del trabajador fallecido.
La citación se da en el marco del expediente administrativo caratulado MARIN CESAR OMAR C/ L.R.F. GROUP S.A. S/ ACUERDO ART. 248 L.C.T., lo que sugiere que la empresa L.R.F. GROUP S.A. está involucrada en la gestión de esta indemnización. La urgencia del llamado radica en el corto plazo establecido: solo cinco días a partir de la publicación en el Boletín Oficial para comparecer. El apercibimiento es claro: si los derechohabientes no se presentan, las actuaciones continuarán con quienes sí hayan acreditado su derecho, lo que podría significar la pérdida de una suma importante de dinero para aquellos que no actúen con celeridad.
Este aviso es de vital importancia para cualquier persona que pueda ser heredera de MONTERO NAHUE NAHIME. La omisión de este llamado puede tener consecuencias económicas significativas. Se recomienda a los posibles beneficiarios que busquen asesoramiento legal de inmediato y reúnan toda la documentación necesaria para acreditar su vínculo (partidas de nacimiento, matrimonio, uniones convivenciales, etc.). Es fundamental estar atento a las publicaciones del Boletín Oficial para no perder oportunidades como esta, que pueden ser el resultado de largos procesos legales y administrativos.