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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (AFIP) lanzó una feroz embestida contra presuntos infractores. Decenas de personas, entre ellas extranjeros, fueron citadas por eludiendo controles y acumulando deudas que superan los millones de pesos y miles de dólares. ¡Enterate quiénes están en la mira y qué se juegan!
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero ha puesto en marcha un operativo de alto impacto, citando a una larga lista de individuos –nacionales y extranjeros– por graves infracciones al Código Aduanero. La medida, publicada en el Boletín Oficial, es un ultimátum para aquellos que, por "ignorarse domicilio", no fueron notificados previamente y ahora enfrentan la justicia por presuntas maniobras de contrabando o evasión de tributos.
La mayoría de los citados, incluyendo ciudadanos de Alemania, Chile, India e Israel, están acusados de violar el Artículo 970 del Código Aduanero, que penaliza la infracción aduanera relacionada con la entrada o salida de mercadería sin la debida declaración o en condiciones irregulares. En uno de los casos más resonantes, se cita a SAMPAIO DE LIMA THIAGO, con CUIT argentino, por la importación de mercadería prohibida, lo que eleva la gravedad de la acusación.
Las cifras son escalofriantes: las multas mínimas van desde $1.163.618,90 hasta $5.534.880,50 por cada imputado. Además, se suman multas sustitutivas de comiso que pueden llegar hasta los $21.191.916,00 y tributos adeudados en dólares, que oscilan entre USD 976,60 y USD 4.883,00. Para SAMPAIO DE LIMA THIAGO, la multa mínima es de $44.376,46, la sustitutiva de comiso $113.763,46 y los tributos U$D 968,92.
Los implicados tienen un plazo perentorio de diez (10) días hábiles para presentarse en la oficina aduanera de Azopardo 350, CABA, ofrecer su defensa y pruebas. De no hacerlo, se los declarará en rebeldía, con las consecuencias legales que esto implica. La Aduana advierte que el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería (o la multa sustitutiva) puede extinguir la acción penal y evitar la registración de antecedentes, un "salvavidas" para quienes busquen regularizar su situación. Quienes no paguen los tributos adeudados, verán cómo se aplican intereses sobre el monto no ingresado, tal como lo prevé el Artículo 794 del Código Aduanero.
"La Aduana no duerme. Estas citaciones son un claro mensaje de que la AFIP está intensificando sus controles y no dudará en aplicar todo el peso de la ley contra quienes intenten burlar el sistema. Para el ciudadano común, esto significa un refuerzo en la lucha contra el comercio ilegal y una advertencia sobre la importancia de cumplir con las normativas aduaneras."
¿Cómo estar informado? Si realizás operaciones de comercio exterior o tenés dudas sobre tus obligaciones, es crucial consultar siempre las normativas vigentes en el Boletín Oficial y buscar asesoramiento especializado para evitar sorpresas como estas.