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Una serie de disposiciones del Ministerio de Capital Humano ajusta los topes indemnizatorios para miles de trabajadores. ¿Cuánto te corresponde si te echan? Las nuevas reglas que impactan desde estaciones de servicio hasta el sector de la publicidad y la educación ya están en el Boletín Oficial.
El Boletín Oficial de hoy sacudió el tablero laboral con una batería de Disposiciones del Ministerio de Capital Humano, a través de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo. La gran noticia, que afecta a miles de empleados y empleadores, es la fijación de los "topes indemnizatorios" para diversos convenios colectivos de trabajo (CCT) en sectores cruciales de la economía argentina. Esta medida, si bien es un trámite administrativo rutinario, es vital para entender cuánto cobraría un trabajador en caso de despido sin causa y cuánto deberían afrontar las empresas.
La Dirección Nacional, en cumplimiento del Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo (Nº 20.744), estableció los promedios de las remuneraciones que sirven de base para calcular el tope indemnizatorio. Este artículo es clave: indica que la indemnización por antigüedad no puede superar el equivalente a tres veces el importe mensual del promedio de todas las remuneraciones previstas en el convenio colectivo aplicable al trabajador. En criollo: pone un techo a lo que te pueden pagar por despido.
Estos topes se desprenden de acuerdos salariales previamente homologados por el mismo Ministerio. Esto significa que, una vez que gremios y cámaras empresariales pactan nuevas escalas salariales, el Estado interviene para calcular y oficializar este límite, brindando seguridad jurídica a ambas partes.
Las disposiciones impactan directamente en una variada gama de rubros. Entre los más destacados, encontramos:
Para el ciudadano común, es fundamental saber que estas actualizaciones son el termómetro de las condiciones laborales y los derechos en caso de finalización del vínculo. Si trabajás en alguno de estos sectores, ¡es hora de revisar los detalles en los anexos del Boletín Oficial para conocer tus derechos!
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