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El Gobierno homologa una ola de acuerdos de suspensión de personal que evitan el "Procedimiento Preventivo de Crisis", desatando el debate sobre la protección laboral y la situación económica real de las empresas.
El Ministerio de Capital Humano, a través de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, acaba de dar luz verde a una serie de acuerdos que impactan directamente en la estabilidad laboral de miles de argentinos. Las Disposiciones 137/2024, 135/2024, 136/2024 y 139/2024 homologan convenios de suspensión de personal bajo el polémico artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, que permite el pago de una prestación no remunerativa.
Lo más impactante de estas medidas es que la autoridad laboral ha decidido saltarse el tradicional "Procedimiento Preventivo de Crisis" (PPC), un mecanismo clave establecido por la Ley 24.013 y el Decreto N° 265/02, diseñado para que el Estado intervenga y negocie alternativas antes de que las empresas suspendan o despidan masivamente. La justificación oficial es que el "consentimiento prestado por la entidad sindical" implica un "reconocimiento tácito a la situación de crisis" de las empresas, lo que haría de la exigencia del PPC un mero "dispendio de actividad".
Esta interpretación, aunque busca agilizar los procesos en un contexto económico complejo, genera una fuerte controversia. ¿Se está abriendo una puerta a una flexibilización laboral encubierta, donde la presión sindical o la urgencia económica priman sobre los mecanismos de protección colectiva?
Las empresas involucradas en esta ola de suspensiones incluyen a BLEU AUTOMOTORES SOCIEDAD ANÓNIMA, CHAN-ONE SOCIEDAD ANÓNIMA, y la gigante TERNIUM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, que, según los documentos, tiene un listado de personal afectado que abarca 46 páginas, lo que sugiere un número muy elevado de trabajadores impactados. También se suma FÁBRICA DE IMPLEMENTOS AGRÍCOLAS SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL COMERCIAL Y FINANCIERA.
Para los trabajadores afectados, estas suspensiones significan una reducción directa en sus ingresos, ya que la prestación no remunerativa es inferior a un salario completo y no computa para aportes jubilatorios ni obra social de la misma manera. Si bien se argumenta que se busca "preservar los puestos de trabajo", la realidad es que el costo de la crisis recae, al menos parcialmente, sobre el bolsillo del empleado.
Para las empresas, es un alivio inmediato en sus costos operativos en un escenario de recesión y caída de la actividad. Sin embargo, la señal que se envía al mercado laboral es ambigua: ¿es una medida de emergencia necesaria o un debilitamiento de las herramientas de negociación colectiva y protección del empleo?
Es crucial que los trabajadores y la sociedad civil sigan de cerca cómo se implementan y qué consecuencias a largo plazo tendrán estas decisiones, que redefinen las reglas del juego en un momento de alta fragilidad económica.
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