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El Banco Central modificó la normativa de Exterior y Cambios para permitir que los exportadores utilicen pagarés de la CNV para el seguimiento de cobro de exportaciones de bienes, exceptuando su liquidación bajo ciertas condiciones.
El Banco Central de la República Argentina (BCRA), a través de la Comunicación “A” 8441/2026, introdujo adecuaciones en la normativa de Exterior y Cambios que buscan flexibilizar la operatoria para los exportadores. La medida incorpora los pagarés denominados y pagaderos en moneda extranjera emitidos en el marco de la Resolución General 1.003/24 de la Comisión Nacional de Valores (CNV) en el seguimiento de cobro de exportaciones de bienes (SECOEXPO).
Los exportadores podrán utilizar estos pagarés bajo condiciones específicas:
Adicionalmente, se establece una excepción a la obligación de liquidación de los cobros de exportaciones de bienes ingresados en divisas al país, siempre que los fondos sean acreditados en cuentas en moneda extranjera del exportador en entidades financieras locales y se destinen, dentro de las 72 horas hábiles, a la cancelación de capital o interés de los pagarés admitidos.
Esta medida es positiva para el sector exportador, ya que le otorga mayor flexibilidad en la gestión de sus cobros y financiamiento. Al permitir el uso de pagarés de la CNV como instrumento de aplicación de divisas, se abre una nueva vía para que las empresas puedan estructurar sus operaciones, lo que podría traducirse en menores costos financieros y una mayor eficiencia operativa.
La flexibilización de la obligación de liquidación para ciertos casos específicos también representa un alivio para los exportadores, permitiéndoles una mejor administración de sus flujos de divisas, siempre dentro de un marco regulatorio establecido para evitar desequilibrios en el mercado de cambios.
Esta adecuación refleja un movimiento hacia una mayor desregulación y orientación al mercado en la gestión de las operaciones de comercio exterior, buscando facilitar la operatoria de las empresas argentinas en el contexto internacional.
Para estar informado: Las entidades financieras y casas de cambio recibirán las hojas de reemplazo con la normativa actualizada, y los exportadores deberán consultar con sus bancos para entender cómo aplicar estas nuevas disposiciones a sus operaciones.