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El Ministerio de Transporte bonaerense, a través de la Subsecretaría de Fiscalización, sancionó a dos empresas y un particular con multas que superan los $11 millones por realizar servicios interjurisdiccionales sin la debida autorización. Se detallan opciones de pago y regularización de deudas.
El Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires publicó varias disposiciones de la Dirección Provincial de Fiscalización del Transporte, dependiente del Ministerio de Transporte provincial, que imponen sanciones económicas a empresas y a un particular por infracciones a la normativa de transporte de pasajeros. Las medidas se enmarcan en la aplicación del Decreto N° 6864/58, reglamentario del Decreto-Ley N° 16.378/57.
Esta empresa fue sancionada con una multa de Pesos Cinco Millones Quinientos Un Mil Cuatrocientos Doce ($5.501.412). La infracción se configuró por realizar un servicio intercomunal sin la autorización correspondiente, según el artículo 211 del Decreto N° 6864/58. La Subsecretaría de Transporte confirmó que la empresa no registra reincidencia.
También recibió una multa de Pesos Cinco Millones Quinientos Un Mil Cuatrocientos Doce ($5.501.412). La sanción se originó tras un operativo de control en el Peaje de Hudson (Berazategui) el 29 de agosto de 2025, donde se constató que la empresa realizaba un servicio de San Martín a La Plata con 15 pasajeros sin la debida habilitación. La firma no presentó descargo en el plazo legal.
En este caso, se aplicó una multa de Pesos Quinientos Setenta y Un Mil Trescientos Veinte ($571.320). La infracción fue detectada el 6 de diciembre de 2024 en un control en Ruta 6 y Ruta 215 (La Plata), donde el Sr. Parisi transportaba 35 pasajeros de La Matanza a La Plata sin autorización. Tampoco formuló descargo.
Se dejó sin efecto una imputación inicial realizada mediante Acta de Comprobación N° 2115, y se procedió a re-imputar al Sr. Delssin Dante Rene por realizar servicios intercomunales sin autorización. El hecho se constató el 18 de diciembre de 2024 en el Peaje Hinojo (Olavarría), transportando 53 pasajeros de Bahía Blanca a La Plata. La rectificación se realizó tras consultas a la Dirección de Control Técnico, que confirmó que la unidad no estaba habilitada bajo la licencia mencionada (a nombre de Best Bus Viajes S.R.L.). El monto de esta nueva imputación no se especifica en esta disposición.
Todas las partes notificadas tienen un plazo de diez (10) días hábiles para recurrir las resoluciones y veinte (20) días hábiles para abonar la multa. Además, se les informa sobre la posibilidad de adherir al “Régimen de regularización de deudas” aprobado por Decreto N° 871/02, que permite el pago en cuotas. Las multas deben abonarse mediante interdepósito bancario en el Banco Provincia de Buenos Aires a la orden “Fondo provincial del transporte -Ley 11.126- Cuenta 1568/6”.
Estas medidas buscan asegurar el cumplimiento de las normativas de transporte provincial, garantizando la seguridad y la formalidad de los servicios para los usuarios bonaerenses. La continuidad de estos controles refleja el compromiso del organismo con la regulación del sector.
Para estar informado sobre futuras actualizaciones o consultas sobre deudas, los interesados pueden comunicarse a direccionrys.multas@gmail.com.