Aclaración Normativa sobre Medidas de Protección Excepcional
El Boletín Oficial detalla el marco legal y procedimental para la adopción, notificación y recursos de las medidas de protección excepcional para niños y adolescentes.
Índices de Impacto
Fechas Clave
Marco Legal y Procedimental de las Medidas de Protección
Este extracto del Boletín Oficial se centra en la explicación de los artículos clave de la normativa que rige las medidas de protección excepcional para niños, niñas y adolescentes en la Provincia de Santa Fe, específicamente los artículos 60, 61 y 62 de la Ley Provincial N° 12.967 y su Decreto Reglamentario N° 619/10.
Aspectos Centrales de la Normativa:
- ART. 60 - RESOLUCIÓN: Se establece que la resolución administrativa por la que se adopta una medida de protección excepcional debe ser un acto administrativo debidamente fundado, emanado de la autoridad competente. Las prórrogas de estas medidas deben seguir idénticos procedimientos y formalidades que la adopción inicial.
- ART. 61 - NOTIFICACIÓN: La notificación de la resolución y sus prórrogas debe practicarse conforme al Decreto N° 10204 de la Provincia de Santa Fe y la Ley 12.071. Es obligatorio entregar copia certificada de la resolución, transcribiendo los artículos 60, 61 y 62 de la Ley y su decreto reglamentario. Se faculta a cualquier agente público autorizado para diligenciar la cédula y, de ser necesario, se puede requerir a la autoridad policial. Las actuaciones administrativas deben estar a disposición de los notificados y sus abogados en la sede administrativa, sin posibilidad de ser retiradas.
- ART. 62 - RECURSOS: El plazo para interponer un recurso de revocatoria es de diez días hábiles desde la notificación de la adopción o prórroga de la medida. En el acto de recepción del recurso, se fijará una audiencia que no podrá exceder las 12 horas hábiles administrativas y quedará notificada en el mismo acto. Este plazo puede duplicarse si el domicilio de los recurrentes no está en la sede de la autoridad administrativa. La resolución del recurso de revocatoria debe practicarse conforme al artículo anterior.
Esta información es fundamental para garantizar el debido proceso y los derechos de las partes involucradas en situaciones de protección de la niñez y adolescencia. La claridad en los procedimientos y los plazos es crucial para la seguridad jurídica y la correcta aplicación de la ley en estos casos tan sensibles.
