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El Ente Nacional de Comunicaciones puso fin a las transmisiones de 'SUM - 100.1 MHz' en Presidencia Roque Sáenz Peña, Chaco, declarándola ilegal. La resolución exige el cese inmediato y el desmantelamiento de sus instalaciones, con una tajante advertencia de incautación.
Un nuevo capítulo en la lucha contra la informalidad de los medios en Argentina se escribió en Chaco. El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), mediante la RESOL-2025-525-APN-ENACOM#JGM, ha declarado ilegal al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado “SUM”, que emitía en la frecuencia de 100.1 MHz desde la localidad de Presidencia Roque Sáenz Peña.
La resolución es clara y contundente: se intima al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de todas las instalaciones afectadas al servicio. Esto implica un cierre total y sin atenuantes para la estación radial. Pero el aviso va más allá: en caso de incumplimiento, ENACOM procederá a la incautación y desmantelamiento forzoso de los equipos, con la intervención de un juez competente. La decisión, firmada por Juan Martín OZORES, Interventor del ENACOM, no deja lugar a dudas sobre la firmeza de la medida.
Esta acción se enmarca en el Artículo 116 de la Ley Nº 26.522, la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, que regula el uso del espectro radioeléctrico y combate la operación de radios sin las licencias correspondientes. Para la comunidad de Presidencia Roque Sáenz Peña, esta noticia significa la pérdida de una voz local, legal o no, que formaba parte de su paisaje sonoro. Para los operadores de medios en todo el país, es un recordatorio brutal de que operar fuera del marco legal tiene consecuencias severas. ENACOM refuerza su rol de gendarme del aire, asegurando que el espectro, que es un bien público, sea utilizado bajo las normas establecidas. La era de las radios clandestinas enfrenta cada vez más obstáculos, y este edicto es una prueba de ello.