Volver al inicio
Positivo

ARCA unifica normas para exportaciones con cotización

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero simplifica la registración de contratos de exportación de bienes con cotización, buscando agilizar trámites y fortalecer controles.

4 visitas
ARCA unifica normas para exportaciones con cotización
Imagen representando el impacto de la medida

Índices de Impacto

Liberación
RegulaciónLiberación
Mercado/Estado
Pro EstadoPro Mercado
Colectivismo
Pro IndividuoPro Colectivo

Organizaciones

  • AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO (ARCA)
  • DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
  • Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca
  • Dirección General de Aduanas
  • Ministerio de Economía

Fechas Clave

01/08/2026
Entrada en vigencia de la Resolución General

Simplificación para exportadores de bienes con cotización

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó la Resolución General 5872/2026, una medida que unifica y simplifica las normas para la registración de contratos de exportación de bienes con cotización. Esta iniciativa busca mejorar los procesos y facilitar el cumplimiento para los exportadores, al tiempo que refuerza las acciones de control y fiscalización de las operaciones alcanzadas.

La normativa, que entrará en vigencia a partir del 1 de agosto de 2026, concentra en un único texto las reglamentaciones que antes se encontraban dispersas en las Resoluciones Generales Nros. 4.653 y 4.837, las cuales quedan abrogadas.

¿Qué cambia para los exportadores?

  • Obligación de registro: Sigue siendo obligatoria para sujetos residentes en el país que realicen exportaciones definitivas de bienes con cotización, según la Ley de Impuesto a las Ganancias y su reglamentación.
  • Plazos: La registración debe efectuarse antes del embarque de la mercadería. Para bienes comprendidos en la Ley N° 21.453 (principalmente productos agrícolas), se deben considerar también los plazos de la Resolución N° 128/19 del ex Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca.
  • Procedimiento: Para los bienes de la Ley N° 21.453, la obligación se cumple con la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) en estado “SALIDA”. Para los no contemplados en esa ley, se deberá presentar el formulario de declaración jurada “F. 2669 - Registro de contratos no contemplados en la Ley 21.453” de forma electrónica.
  • Modificaciones y anulaciones: Se establecen procedimientos claros para rectificar o anular la información de los contratos, siempre que se cumplan las causales previstas en la normativa.
  • Información complementaria: Los exportadores que pacten diferencias de comparabilidad que generen divergencias con la cotización de mercado deberán informarlas mediante el formulario “F. 2670 - Registro complementario de contratos de bienes con cotización”.

La ARCA podrá requerir documentación adicional para verificar el cumplimiento y el incumplimiento de estas obligaciones dará lugar a las sanciones previstas en la Ley N° 11.683. Esta medida es un paso hacia una mayor eficiencia administrativa y una mayor claridad para un sector clave de la economía argentina.

Indicadores relacionados

Artículos Relacionados

🇦🇷
🇦🇷
🇦🇷
🇦🇷
🇦🇷
🇦🇷
🇦🇷
🇦🇷
🇦🇷
🇦🇷
✉️
✉️
✉️
✉️
✉️
✉️
✉️
✉️
✉️
✉️

Datos que Transforman

Recibe los análisis más provocadores del Boletín Oficial. No es una newsletter, es un manifiesto diario.

Nos tomamos en serio tu privacidad. No compartiremos tu información.