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Una resolución conjunta de Salud, Economía e INPI dinamita las viejas reglas de patentabilidad para invenciones químico-farmacéuticas. Se abre la puerta a más innovación, pero con una cláusula polémica para proteger a quienes ya comercializan.
El Boletín Oficial destapó una movida que sacude los cimientos de la industria farmacéutica argentina. Mediante la Resolución Conjunta 1/2026, los Ministerios de Salud y Economía, junto con el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), derogaron la histórica Resolución Conjunta de 2012 que establecía pautas restrictivas para la patentabilidad de invenciones químico-farmacéuticas.
A partir de ahora, el INPI recupera su autonomía plena para evaluar caso por caso la patentabilidad de nuevos fármacos y procedimientos, basándose únicamente en la Ley N° 24.481. Esto significa menos burocracia y más libertad para los innovadores, buscando alinear la normativa local con las mejores prácticas internacionales y los compromisos asumidos en el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionado con el Comercio (ADPIC).
La medida, que busca fortalecer los derechos de propiedad intelectual y acelerar la llegada de nuevas drogas al mercado, no vino sin una letra chica crucial. El artículo 2° de la resolución establece una excepción transitoria: si una patente se concede sobre un producto farmacéutico que ya está siendo comercializado por terceros en Argentina, el titular de la patente no podrá impedir esa comercialización ni exigir retribución alguna. Esta cláusula es un salvavidas para las empresas que ya operan con genéricos o productos similares, evitando un golpe de mercado inmediato, pero genera interrogantes sobre la real protección a la innovación futura.
"Una adecuada y efectiva protección de las invenciones a nivel local genera condiciones de previsibilidad y seguridad jurídica que facilitan la introducción de innovaciones y el acceso oportuno a nuevos medicamentos y tratamientos en beneficio de la salud pública y el bienestar general." (Extracto de los Considerandos)
La decisión busca equilibrar la necesidad de fomentar la innovación y la inversión en el sector farmacéutico con la protección del acceso a medicamentos ya disponibles. Para los ciudadanos, la promesa es un acceso más rápido a nuevos tratamientos, pero la implementación y el equilibrio de esta medida serán clave. Las farmacéuticas innovadoras verán un camino más claro, mientras que las que dependen de la comercialización de productos ya existentes deberán estar atentas a los detalles de esta excepción.
2 de febrero de 2026
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