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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) pone en marcha la Resolución General 5820/2026, que reglamenta el polémico Régimen de Declaración Jurada Simplificada para Personas Humanas. ¡Ojo! Si ya estabas, tenés que convalidar. Y la AFIP ahora mira de cerca tus movimientos financieros.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha desatado una verdadera revolución fiscal con la publicación de la Resolución General 5820/2026, que reglamenta el tan esperado pero no menos polémico Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias para Personas Humanas y Sucesiones Indivisas. Esta medida, que nace de la Ley N° 27.799 y se enmarca en los Decretos N° 353/25 y N° 93/26, busca simplificar la vida de muchos contribuyentes... ¡pero con letra chica!
¿Quiénes pueden subirse a este tren? Aquellos que, al 31 de diciembre del año anterior y durante los dos años fiscales previos, cumplan con los parámetros de ingresos y bienes totales establecidos en el artículo 38 de la Ley N° 27.799 y, por supuesto, no sean considerados 'grandes contribuyentes nacionales'. La adhesión o ratificación se hace vía el servicio 'Sistema Registral', opción 'Ganancias PH Simplificada', en la web de ARCA, con Clave Fiscal Nivel 3 o superior. ¡Atención! Si ya habías optado por la modalidad simplificada con la Resolución General N° 5.704 para el período fiscal 2025, tenés que convalidar tu adhesión antes del vencimiento de la declaración jurada de ese período. Si no lo hacés, se considerará que desististe y volvés al régimen general.
Pero la verdadera bomba está en el Artículo 10, que define qué se considera 'activos incorporados al sistema financiero formal'. Esto significa que tanto el origen como el destino de tus operaciones deben pasar por cuentas bancarias, cuentas comitentes, billeteras virtuales o Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) inscriptos en la CNV. ¡Chau, efectivo! Cualquier incumplimiento te expone a las sanciones de la Ley N° 11.683 y a la lupa de ARCA. Es una clara señal de mayor control y vigilancia sobre cada movimiento económico de los ciudadanos, buscando formalizar cada rincón de la economía. Esta medida genera un debate sobre la privacidad financiera y el alcance del Estado en las transacciones individuales. La Resolución General N° 5.704 queda abrogada, pero sus efectos se mantienen para hechos anteriores. El sistema estará disponible a partir del 11 de febrero de 2026, así que a preparar la Clave Fiscal y revisar los números.
9 de febrero de 2026
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6 de febrero de 2026