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La Subsecretaría de Gestión Institucional de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación cedió sin cargo a la Red Argentina de Bancos de Alimentos – Federación, mercaderías de rezago aduanero, como alimentos, higiene y vestimenta, para su distribución a organizaciones comunitarias.
La Subsecretaría de Gestión Institucional de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, mediante la Disposición 40/2026, ha concretado la cesión sin cargo de mercaderías de rezago aduanero a la Red Argentina de Bancos de Alimentos – Federación. Esta acción se enmarca en la Ley N° 25.603, que faculta al Servicio Aduanero a poner a disposición de la Secretaría General bienes de primera necesidad para su utilización en situaciones de emergencia social.
La donación incluye alimentos, artículos para la higiene personal, ropa de cama y de vestir, calzado y medicamentos, todas consideradas mercaderías básicas y de primera necesidad. Estos bienes provienen de la Disposición N° DI-2026-149-E-ARCA-ADBEIR#SDGOAI, dictada por la Aduana de Bernardo de Irigoyen, y cuentan con el acta de aptitud para consumo humano emitida por la Secretaría de Bromatología de la Municipalidad de Bernardo de Irigoyen.
La Red Argentina de Bancos de Alimentos – Federación solicitó esta cesión para distribuir los bienes a organizaciones comunitarias vinculadas con los Bancos de Alimentos miembros de BAA (Bancos de Alimentos Argentina). Esto asegura que la ayuda llegue a quienes más lo necesitan, a través de una red de distribución establecida y con experiencia en asistencia social.
La Red Argentina de Bancos de Alimentos deberá informar a la Secretaría General la fecha estimada de retiro de las mercaderías y, en un plazo de noventa días hábiles, remitir la conformidad de inventario con el acta de aceptación definitiva. Es fundamental que las mercaderías entregadas sean utilizadas exclusivamente para los destinos y finalidades de la donación, quedando terminantemente prohibida su comercialización por un término de CINCO (5) años a partir de su recepción, tal como lo establece la Ley N° 25.603.
Esta medida representa un impacto social directo y positivo para comunidades vulnerables. La coordinación entre organismos estatales y organizaciones no gubernamentales es clave para canalizar la ayuda y maximizar su alcance en un contexto de necesidades sociales. La reutilización de bienes incautados o en desuso aduanero para fines sociales es una práctica que contribuye al bienestar general y a la eficiencia en la gestión de recursos públicos.