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COMIREC recupera fondos por redeterminación de obra

El Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC) exige a la empresa PF Compañía Constructora S.A. el reintegro de $2,3 millones tras una redeterminación de precios que arrojó un saldo a favor del organismo.

COMIREC recupera fondos por redeterminación de obra
Mano depositando dinero en una balanza con el logo del COMIREC

Índices de Impacto

Liberación
RegulaciónLiberación
Mercado/Estado
Pro EstadoPro Mercado
Colectivismo
Pro IndividuoPro Colectivo

Organizaciones

  • Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC)
  • Dirección Provincial de Redeterminación de Precios de Obra Pública
  • Fiscalía de Estado

Fechas Clave

08/06/2026
Fecha de suscripción del Acta Acuerdo
18/06/2026
Fecha de la Resolución de aprobación

Reintegro millonario por obras en el Río Reconquista

El Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC) emitió una resolución que aprueba la Redeterminación Definitiva de Oficio de la obra “Recuperación Socio-Ambiental Espacios Urbanos Parque del Bicentenario y Plaza Eucaliptus”. Lo llamativo de este caso es que, tras el ajuste, se determinó un saldo a favor del organismo, lo que implica que la empresa contratista deberá reintegrar una suma de dinero.

La empresa PF COMPAÑIA CONSTRUCTORA S.A. deberá devolver $2.320.405,83 al COMIREC, a lo que se suma el 1% correspondiente a dirección e inspección ($23.204,06), totalizando $2.343.609,89.

¿Qué significa este reintegro?

La redeterminación de precios es un mecanismo para ajustar los costos de las obras públicas a las variaciones económicas. Generalmente, estos ajustes resultan en mayores pagos a las empresas. Sin embargo, en esta ocasión, la revisión de los cálculos para el período junio de 2023 a julio de 2024, en el marco del Decreto N° 290/21 y la Resolución N° 943/21, reveló que los montos abonados como ajuste provisorio superaron el costo real redeterminado.

Acciones y plazos

La resolución intima a la firma PF COMPAÑÍA CONSTRUCTORA S.A. y a su compañía aseguradora a depositar el monto adeudado en un plazo perentorio de cinco días. En caso de incumplimiento, se afectarán las garantías de contrato y se iniciarán acciones judiciales a través de la Fiscalía de Estado. La empresa, al firmar el Acta Acuerdo, renuncia a futuros reclamos por mayores costos y se compromete a cumplir con el plan de trabajos restante.

Este caso subraya la importancia de los mecanismos de control y revisión de la obra pública para asegurar la correcta administración de los fondos estatales y la transparencia en los procesos de contratación.

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