Consorcio "Los Pioneros": Aprueban asambleas y nuevo canon
El DPA de Río Negro avaló la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del Consorcio de Riego y Drenaje “Los Pioneros”, aprobando balances, presupuesto y una reforma estatutaria clave para el sector.
Índices de Impacto
Organizaciones
- Departamento Provincial de Aguas
- Consorcio de Riego y Drenaje “Los Pioneros” Luis Beltrán
Fechas Clave
Aprobación de Gestión y Cambios Estatutarios para Regantes
El Departamento Provincial de Aguas (DPA) de Río Negro, mediante la Resolución N° 558 y N° 559, dio el visto bueno a las Asambleas General Ordinaria y Extraordinaria del Consorcio de Riego y Drenaje “Los Pioneros” de Luis Beltrán, celebradas el 20 de diciembre de 2025. Esta aprobación valida decisiones cruciales que impactarán directamente en la gestión del agua y la economía de los productores de la región.
Detalles de la Asamblea Ordinaria
La Resolución N° 558 aprueba los siguientes puntos:
- Memorias y Balances: Se validaron los ejercicios económicos N° 32 y N° 33, cerrados el 31 de diciembre de 2023 y 2024, respectivamente.
- Presupuesto 2026: Se aprobó un presupuesto de $624.712.527,68 para el período 2026.
- Canon de Riego y Drenaje: Se estableció un canon de $67.903,54 por hectárea y por año, con una actualización bimestral automática. Este ajuste se basará en una fórmula polinómica que considera el 50% de los costos salariales y el 50% restante al combustible (Gas Oil).
- Autoridades: Se ratificó la elección de ocho miembros titulares y ocho suplentes para el Consejo de Administración, designando a Sandro Filipuzzi como Presidente. También se aprobaron los cuatro miembros de la Comisión Revisora de Cuentas.
Cambios Estatutarios Clave
La Resolución N° 559, por su parte, aprueba la Asamblea Extraordinaria y la reforma de los artículos 10°, 14°, 16°, 21° y 22° del estatuto consorcial. Entre los cambios más destacados se encuentran:
- Metodología de Actualización del Canon (Art. 10): Se permite basar la actualización del presupuesto y canon en fórmulas polinómicas, índices de referencia u otros mecanismos de indexación para preservar el valor real de los recursos.
- Requisitos de Participación en Asambleas (Art. 14): Se modifican las condiciones para participar, permitiendo a quienes tengan certificado de emergencia agropecuaria vigente con deuda originada en ese período. Se ajustan los quórums para sesionar en primera, segunda y tercera convocatoria, y se prohíbe a miembros del Consejo, Comisión Revisora, gerentes y empleados representar a regantes como apoderados.
- Consejo de Administración (Art. 16): Se establece que los consejeros no recibirán remuneración, salvo decisión de la Asamblea. Para ser elegido consejero, no se debe adeudar más de tres cuotas bimestrales o seis mensuales de canon.
- Presentismo y Sanciones (Art. 21): Se endurecen las reglas de presentismo, con separación del cargo y prohibición de reingreso por seis años para quienes falten sin justificación a doce reuniones en un ejercicio.
- Atribuciones del Consejo (Art. 22): Se restringe la capacidad del Consejo para otorgar aumentos salariales fuera de acuerdos colectivos y se exige autorización de la Asamblea para reincorporar personal despedido.
Impacto para los Regantes
Estas medidas buscan modernizar la gestión del consorcio, asegurar la sostenibilidad financiera a través de un mecanismo de actualización del canon más dinámico y fortalecer la transparencia y la participación de los regantes. La actualización automática del canon podría generar previsibilidad en los costos, pero también exige a los productores estar al tanto de las variaciones económicas. La reforma estatutaria impacta directamente en la gobernanza y las responsabilidades dentro del consorcio.
