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Defensa del Consumidor: Derogan norma sobre reclamos de adolescentes

La Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial derogó una resolución que permitía a adolescentes presentar reclamos, argumentando que sus derechos ya están cubiertos por el Código Civil y Comercial y la Ley de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes.

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Defensa del Consumidor: Derogan norma sobre reclamos de adolescentes
Siluetas de jóvenes consultando una pantalla digital, con iconos de protección y justicia.

Índices de Impacto

Liberación
RegulaciónLiberación
Mercado/Estado
Pro EstadoPro Mercado
Colectivismo
Pro IndividuoPro Colectivo

Organizaciones

  • Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial
  • Ministerio de Economía

Fechas Clave

08/06/2026
Fecha de la disposición
09/06/2026
Publicación en Boletín Oficial

Simplificación normativa en la protección al consumidor juvenil

La Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial del Ministerio de Economía, mediante la Disposición 534/2026, decidió derogar la Resolución 236/2021 de la ex Secretaría de Comercio Interior. Esta norma permitía a adolescentes de entre 13 y 17 años interponer reclamos o denuncias ante la Ventanilla Única Federal de Defensa del Consumidor (VUF), el entonces COPREC y el Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo (SNAC).

La justificación detrás de esta derogación es la búsqueda de una desburocratización y simplificación de los procesos administrativos, evitando la superposición normativa. Según los considerandos de la disposición, el Código Civil y Comercial de la Nación ya establece un marco normativo suficiente al consagrar el principio de capacidad progresiva de los adolescentes y su derecho a ser oídos, incluso con asistencia letrada, en procesos administrativos o judiciales que afecten sus intereses personales.

Además, la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, junto con el Decreto 415/2006, garantiza su derecho a la asistencia letrada. La Disposición 137/2024 de la misma Subsecretaría ya había establecido un marco para el tratamiento y protección de los derechos de los consumidores en situación vulnerable, incluyendo explícitamente a cualquier persona que, a causa de su edad, pudiera sufrir un menoscabo en sus derechos dentro de la relación de consumo.

¿Qué significa para los adolescentes?

La derogación no implica una desprotección. Los derechos de los adolescentes como consumidores siguen estando plenamente garantizados por la legislación vigente, que reconoce su autonomía progresiva. La VUF ya cuenta con un procedimiento especial y un canal específico para atender a consumidores en situación de vulnerabilidad, lo que incluye a los menores de edad, ofreciendo atención rápida y asesoramiento especializado.

En la práctica, esta medida busca ordenar el entramado legal, eliminando una norma que se consideraba redundante, sin afectar la capacidad de los jóvenes para ejercer sus derechos como consumidores.

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