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ENACOM: Cooperativa de Gral. Viamonte prestará Radiodifusión por Suscripción

El Ente Nacional de Comunicaciones inscribió a la Cooperativa de Gral. Viamonte para el servicio de Radiodifusión por Suscripción, con obligaciones para evitar prácticas anticompetitivas.

ENACOM: Cooperativa de Gral. Viamonte prestará Radiodifusión por Suscripción
Imagen representando el impacto de la medida

Índices de Impacto

Liberación
RegulaciónLiberación
Mercado/Estado
Pro EstadoPro Mercado
Colectivismo
Pro IndividuoPro Colectivo

Organizaciones

  • ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
  • COOPERATIVA DE PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Y DE VIVIENDA DE GRAL VIAMONTE LIMITADA

Fechas Clave

30/06/2026
Fecha de Resolución

El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) inscribió a la COOPERATIVA DE PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Y DE VIVIENDA DE GRAL VIAMONTE LIMITADA en el Registro de Servicios TIC para la prestación del Servicio de Radiodifusión por Suscripción. Esta medida, oficializada por la Resolución Sintetizada 462/2026, viene acompañada de obligaciones específicas para la cooperativa, en línea con el Artículo 95 de la Ley N° 27.078 (modificado por Decreto 433/2025). Estas obligaciones buscan garantizar la competencia leal y proteger a los usuarios. Entre ellas se destacan:

  • Unidad de Negocio Separada: La cooperativa deberá conformar y gestionar una unidad de negocio exclusiva para el servicio de comunicación audiovisual, separada de su servicio público principal.
  • Contabilidad y Facturación Independiente: Exigencia de llevar una contabilidad y facturación diferenciada para el servicio licenciado.
  • Prohibición de Prácticas Anticompetitivas: Se prohíben prácticas atadas y subsidios cruzados de fondos provenientes del servicio público hacia el servicio licenciado.
  • Acceso a Infraestructura: Deberá facilitar a sus competidores el acceso a su infraestructura de soporte (postes, mástiles, ductos) en condiciones de mercado, con intervención del ENACOM si no hay acuerdo.
  • Distribución de Contenidos: Se le exige facilitar un porcentaje creciente a determinar por el ENACOM para la distribución de contenidos de terceros independientes.
  • Respeto a Incumbencias Profesionales: Obligación de respetar los encuadramientos profesionales de los trabajadores.

Estas condiciones son cruciales para el desarrollo equitativo del mercado de radiodifusión por suscripción, especialmente cuando los prestadores son cooperativas que también ofrecen servicios públicos esenciales.

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