ENReGE actualiza multas para el sector gasífero
El Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE) ajustó los valores mínimos y máximos de las multas aplicables a terceros y licenciatarias, con incrementos de hasta el 22.20%.
Índices de Impacto
Organizaciones
- ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD
- MINISTERIO DE ECONOMÍA
- Redengas Sociedad Anónima
Fechas Clave
El Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE), en su rol de fiscalizador de la industria gasífera, aprobó una nueva actualización de las escalas de multas para quienes incumplan la Ley de Gas Natural (N° 24.076 – T.O. 2025) y su normativa reglamentaria. Esta medida, que busca mantener la proporcionalidad de las sanciones ante las variaciones económicas, tendrá vigencia a partir del 1° de julio de 2026.
Ajustes diferenciados para terceros y licenciatarias
La resolución establece dos tipos de adecuaciones:
- Para terceros no prestadores del servicio: Las multas se ajustarán en base a la evolución del Índice de Precios Internos Mayorista (IPIM). Con un incremento del 16.10% en el período considerado, el monto mínimo se fijó en $146.301 y el máximo en $146.301.000.
- Para licenciatarias y subdistribuidoras: La adecuación se realiza conforme a los ajustes en los componentes tarifarios regulados aprobados por el ENReGE. En este caso, el porcentaje de actualización es del 22.20%. El monto mínimo de multa será de $189.240 y el máximo de $189.240.000.
Un aspecto importante es que, para las licenciatarias que persistan en el incumplimiento pese a la intimación o en casos de grave repercusión social, el monto máximo de la multa podrá elevarse hasta $946.200.000.
Contexto y justificación de la medida
El ENReGE tiene la facultad, otorgada por la Ley N° 24.076 y el Decreto N° 2255/92, de modificar anualmente los valores de las multas de acuerdo a las variaciones económicas de la industria. La metodología de actualización se basa en el IPIM para terceros y en los componentes tarifarios para licenciatarias, buscando un equilibrio entre la capacidad sancionatoria del ente y la realidad económica del sector.
Esta medida es el resultado de un proceso que se ha venido realizando semestralmente, con actualizaciones previas en diciembre de 2024, junio de 2025 y enero de 2026. La resolución actual consolida la aplicación de estos índices para el segundo semestre de 2026.
Impacto en el sector energético
Esta actualización busca asegurar que las multas sigan siendo un instrumento efectivo para disuadir incumplimientos en la normativa del gas. Para las empresas del sector, implica que las infracciones tendrán un costo mayor, lo que podría incentivar una mayor observancia de las regulaciones. Indirectamente, esto favorece la calidad del servicio y la seguridad para los usuarios, aunque no tiene un impacto directo en las tarifas finales para el consumidor. La transparencia en la aplicación de las sanciones es clave para la confianza en el marco regulatorio.
