Volver al inicio
NegativoFinanzasOtros

¡Explosión en indemnizaciones! Aumentan los pisos por accidentes laborales

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo actualiza los montos mínimos de compensación por accidentes y enfermedades laborales, con cifras millonarias. ¿Un alivio para los trabajadores o un golpe para las empresas?

33 visitas
¡Explosión en indemnizaciones! Aumentan los pisos por accidentes laborales
Escala de la justicia laboral: millones en juego por riesgos laborales.

Índices de Impacto

Liberación
RegulaciónLiberación
Mercado/Estado
Pro EstadoPro Mercado
Colectivismo
Pro IndividuoPro Colectivo

Organizaciones

  • SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
  • SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL
  • MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO

Fechas Clave

01/03/2026
Inicio del período de vigencia de los nuevos montos
05/03/2026
Publicación de la resolución en el Boletín Oficial
31/08/2026
Fin del período de vigencia de los nuevos montos
Enfermedades profesionales
RIPTE
Indemnizaciones laborales
Seguridad Social
Accidentes de trabajo

¡Atención, trabajadores y empresas! La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) acaba de soltar una bomba en el Boletín Oficial: la Resolución N° 15/2026 que actualiza los pisos mínimos de las indemnizaciones por accidentes y enfermedades laborales. A partir del 1° de marzo de 2026 y hasta el 31 de agosto de 2026, los montos de las compensaciones adicionales de pago único y las indemnizaciones por Incapacidad Laboral Permanente (I.L.P.) se disparan a cifras millonarias.

¿Cuánto van a cobrar los damnificados?

Los valores, que se ajustan semestralmente según la variación del índice RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables), quedan de la siguiente manera:

  • Compensaciones adicionales de pago único:
    • $43.334.414
    • $54.168.018
    • $65.001.602 (según el tipo de prestación)
  • Indemnización por I.L.P. (art. 14, apartado 2): no podrá ser inferior a $97.502.420 por el porcentaje de incapacidad.
  • Indemnización por I.L.P. (art. 15, apartado 2): piso mínimo de $97.502.420.
  • Indemnización adicional por muerte o incapacidad total (Ley N° 26.773): piso mínimo de $18.464.833.

Este ajuste, que se realiza en cumplimiento de las Leyes N° 24.557, N° 26.773 y N° 27.348, busca proteger el poder adquisitivo de las prestaciones ante la inflación. Para los trabajadores y sus familias, significa una garantía de una reparación económica más justa frente a la pérdida de capacidad laboral o, en el peor de los casos, el fallecimiento.

El impacto para las empresas

Para las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) y, en última instancia, para las empresas, estos incrementos representan un aumento en los costos operativos y en la carga financiera asociada a la prevención y reparación de accidentes. Si bien la medida es técnica y automática, basada en la variación del RIPTE, su magnitud es considerable y obligará a las ART a recalcular sus primas y a las empresas a redoblar los esfuerzos en seguridad e higiene laboral para mitigar riesgos.

"La protección del trabajador es prioritaria, pero el impacto en los costos empresariales debe ser monitoreado para evitar desequilibrios en el sistema."

Es crucial que tanto empleadores como empleados estén al tanto de estos nuevos valores, ya que afectan directamente a la seguridad social y a la sostenibilidad del sistema de riesgos del trabajo.

Indicadores relacionados

Artículos Relacionados

🇦🇷
🇦🇷
🇦🇷
🇦🇷
🇦🇷
🇦🇷
🇦🇷
🇦🇷
🇦🇷
🇦🇷
✉️
✉️
✉️
✉️
✉️
✉️
✉️
✉️
✉️
✉️

Datos que Transforman

Recibe los análisis más provocadores del Boletín Oficial. No es una newsletter, es un manifiesto diario.

Nos tomamos en serio tu privacidad. No compartiremos tu información.