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Fiscalización de Transporte Bonaerense: Multas a empresas y particular

El Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires sancionó a Empresa El Santiagueño SRL, Tab Turismo y Sandra Leonor Fandiño con importantes multas por infracciones a la normativa de transporte, incluyendo servicios no autorizados y reincidencia.

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Fiscalización de Transporte Bonaerense: Multas a empresas y particular
Controles y multas en el transporte bonaerense.

Índices de Impacto

Liberación
RegulaciónLiberación
Mercado/Estado
Pro EstadoPro Mercado
Colectivismo
Pro IndividuoPro Colectivo

Organizaciones

  • Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires
  • Subsecretaría de Transporte de la Provincia de Buenos Aires
  • Banco de la Provincia de Buenos Aires

Fechas Clave

20/01/2025
Fecha de operativo de control para Tab Turismo
29/09/2025
Fecha de disposición para Tab Turismo
19/03/2026
Fecha de disposición para Sra. Fandiño Sandra Leonor
22/06/2026
Fecha de disposición para Empresa El Santiagueño SRL
23/06/2026
Fecha de publicación en Boletín Oficial

El Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, a través de su Dirección Provincial de Fiscalización, aplicó multas a empresas de transporte y a un particular por incumplimientos normativos. Estas acciones se enmarcan en el Decreto N° 6864/58, que regula el transporte provincial. La fiscalización busca asegurar la legalidad y seguridad de los servicios públicos en la provincia.

Casos Destacados

  • Empresa El Santiagueño SRL (CUIT 30-57190066-8) fue sancionada con $571.320 por infracciones al artículo 211 del Decreto N° 6864/58.
  • Tab Turismo (CUIT 30-71635761-5) recibió una multa de $1.142.640. La sanción se originó por realizar un servicio intercomunal sin autorización (La Plata a Chascomús con 30 pasajeros) y por ser considerada reincidente según el artículo 185 del mismo Decreto, tras un operativo de control en la Ruta 2.
  • La Sra. FANDIÑO SANDRA LEONOR (DNI N° 22.494.943) también fue sancionada por infracciones previstas en el artículo 211, aunque el monto de su multa no se especifica en el texto publicado.

Implicaciones y Opciones

Las empresas y la persona sancionada tienen un plazo de diez días hábiles para recurrir las decisiones administrativas, conforme al Decreto Ley N° 7647/70, o veinte días para abonar las multas. Además, se les ofrece la posibilidad de adherir al Régimen de Regularización de Deudas (Decreto N° 871/02) para formalizar el pago en cuotas. Estas resoluciones refuerzan la fiscalización del transporte en Buenos Aires, buscando asegurar la legalidad y seguridad de los servicios para todos los usuarios.

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