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Negativo

Intimación a Triemel San Rafael SAS por multas impagas en Río Negro

La Secretaría de Trabajo rionegrina intima a la firma Triemel San Rafael SAS a saldar dos multas por infracciones, o a presentar un plan de pagos, bajo apercibimiento de ejecución judicial.

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Intimación a Triemel San Rafael SAS por multas impagas en Río Negro
Imagen representando el impacto de la medida

Índices de Impacto

Liberación
RegulaciónLiberación
Mercado/Estado
Pro EstadoPro Mercado
Colectivismo
Pro IndividuoPro Colectivo

Organizaciones

  • Secretaría de Trabajo de la Provincia de Río Negro
  • Ministerio de Gobierno, Trabajo y Turismo de Río Negro
  • Delegación Zonal de Trabajo Cipolletti

Fechas Clave

31/10/2025
Fecha de la Resolución N° 1024/2025
31/01/2026
Fecha de la Resolución N° 91/2026
26/06/2026
Fecha de publicación de la intimación

La Secretaría de Trabajo de la Provincia de Río Negro, dependiente del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Turismo, ha emitido dos intimaciones a la empresa Triemel San Rafael SAS (CUIT: 30-71686362-6) por el no pago de multas impuestas en resoluciones anteriores. Las intimaciones, publicadas el 26 de junio de 2026, corresponden a dos expedientes distintos que tramitan ante la Delegación Zonal de Trabajo Cipolletti.

Detalles de las intimaciones

  1. Expediente EX-2025-00433284-GDERNE-DZC#ST: Relacionado con una multa impuesta mediante Resolución N° 1024/2025 del 31 de octubre de 2025.
  2. Expediente EX-2025-00635301-GDERNE-DZC#ST: Referente a una multa establecida por Resolución N° 91/2026 del 31 de enero de 2026.

En ambos casos, la Secretaría de Trabajo, representada por el Delegado Zonal de Cipolletti, Campidoglio Fernando, intima a la empresa a acreditar el pago total de las multas en un plazo de diez (10) días hábiles a partir de la publicación. Como alternativa, se ofrece la posibilidad de regularizar la situación mediante un Plan de Pago.

Consecuencias del incumplimiento

Se advierte que, en caso de incumplimiento, se iniciará la ejecución judicial por vía de apremio, conforme lo establecido en el Artículo 55° de la Ley N° 5255/17 (Decreto Reglamentario N° 302/18). Esta acción legal busca asegurar el cobro de las multas adeudadas por parte de la empresa, lo cual subraya la facultad de control y sanción de la autoridad laboral provincial.

Este tipo de publicaciones en el Boletín Oficial son habituales para notificar a empresas sobre deudas o incumplimientos cuando no se logra una notificación directa, garantizando la publicidad y el debido proceso.

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