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Medida de Protección de Niñez en Santa Fe: Resolución por Caso Candela

La Dirección Provincial de Promoción de Derechos de Niñez y Adolescencia de Rosario notificó la resolución definitiva de una medida de protección excepcional. Se sugiere la tutela para la menor y la privación de la responsabilidad parental de los progenitores.

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Medida de Protección de Niñez en Santa Fe: Resolución por Caso Candela
Justicia y protección de la niñez

Índices de Impacto

Liberación
RegulaciónLiberación
Mercado/Estado
Pro EstadoPro Mercado
Colectivismo
Pro IndividuoPro Colectivo

Organizaciones

  • DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA – ROSARIO
  • Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano
  • Ministerio de Desarrollo Social
  • Tribunal Colegiado competente
  • Juzgado Unipersonal de Familia
  • Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe

Fechas Clave

10/07/2009
Fecha de nacimiento de Candela
08/10/2025
Fecha de la Disposición Administrativa N.º 251/25
10/06/2026
Fecha de la Disposición Administrativa N° 109/26

Decisión clave en protección de derechos de la niñez en Santa Fe

La Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Rosario, dependiente del Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano de Santa Fe, notificó una resolución administrativa significativa. Se trata de la Disposición Administrativa N° 109/26, del 10 de junio de 2026, que resuelve de manera definitiva una medida de protección excepcional para una menor, Candela Nahara Amarilla Pebacine.

Esta resolución finaliza una medida de protección iniciada en octubre de 2025 (Disposición Administrativa N.º 251/25) y establece puntos cruciales:

  • Tutela propuesta: Se sugiere al Tribunal Colegiado competente que la menor acceda a una tutela en favor de Wanda Maria de los Milagros Cardenes.
  • Privación de responsabilidad parental: Se propone la privación de la responsabilidad parental de Jesica Elisabeth Pebacine y José de La Paz Amarrilla, los progenitores, según el Código Civil y Comercial.

Este acto se fundamenta en la Ley Provincial 12.967 y su Decreto Reglamentario, y la Ley Nacional 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. La intervención estatal busca garantizar el bienestar superior del niño cuando su entorno familiar no puede asegurar sus derechos.

Los progenitores notificados tienen derecho a asistencia letrada (defensores oficiales o abogado de confianza). La normativa prevé un recurso de revocatoria, con un plazo de diez días hábiles desde la notificación.

Es crucial que los ciudadanos conozcan estos mecanismos de protección de la niñez. Las instituciones estatales tienen el deber de intervenir ante vulnerabilidad, garantizando el debido proceso y el derecho a la defensa de todas las partes.

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