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Negativo

Medida excepcional para la protección de niños en Santa Fe

La Dirección Provincial de Promoción y Protección de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia notifica a los padres de los niños Mijal Areli y Eliseo Jasiel Trico sobre una resolución definitiva de medida de protección.

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Medida excepcional para la protección de niños en Santa Fe
Manos de un adulto protegiendo a un niño, con símbolos de justicia y familia

Índices de Impacto

Liberación
RegulaciónLiberación
Mercado/Estado
Pro EstadoPro Mercado
Colectivismo
Pro IndividuoPro Colectivo

Organizaciones

  • DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
  • Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano
  • Juzgado Unipersonal de Familia N.º 08 de la Ciudad de Rosario

Fechas Clave

17/12/2009
Nacimiento de Mijal Areli Trico
18/05/2011
Nacimiento de Eliseo Jasiel Trico
09/06/2026
Fecha de Disposición Administrativa

Disposición Administrativa por Medida de Protección Excepcional de Derechos

La Dirección Provincial de Promoción y Protección de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Rosario, dependiente del Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano de Santa Fe, ha emitido la Disposición Administrativa N° 108/26, con fecha 9 de junio de 2026. Este edicto notifica a la Sra. Pamela Romina Palacio (DNI N.º 31.881.067) y al Sr. Jesús Mario Trico (DNI N.º 35.567.339), ambos con domicilio en Villa Gobernador Gálvez, sobre la resolución definitiva de una medida de protección excepcional de derechos en relación a sus hijos, Mijal Areli Trico (DNI N° 49.977.290, nacida el 17 de diciembre de 2009) y Eliseo Jasiel Trico (DNI N.º 51.193.580, nacido el 18 de mayo de 2011).

Puntos Clave de la Disposición:

  • Se dicta el Acto Administrativo de Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional de Derechos para los adolescentes mencionados.
  • Se sugiere al Juzgado Unipersonal de Familia N.º 08 de Rosario el cuidado parental unilateral de los adolescentes en favor de la progenitora, Sra. Pamela Romina Palacio. Esta sugerencia se basa en las actuaciones administrativas, informes técnicos y evaluaciones profesionales, en el marco del artículo 653 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina, y leyes complementarias como la Ley N° 26.061 y la Ley N° 12.967 de Santa Fe.
  • Se sugiere la privación de responsabilidad parental respecto del progenitor, Sr. Jesús Mario Trico, conforme al artículo 700 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación.

Derechos y Procedimientos A los progenitores se les informa sobre su derecho a ser asistidos por abogados de la lista de defensores oficiales o de su confianza. También se transcriben los artículos pertinentes de la Ley N° 12.967 y su Decreto Reglamentario N° 619/10, que establecen los procedimientos para la adopción, notificación y recursos contra las medidas de protección excepcional. Se destaca que contra la resolución se puede interponer un recurso de revocatoria.

Importancia para los Ciudadanos Este tipo de medidas subraya la intervención estatal en situaciones donde se considera que los derechos de niños, niñas y adolescentes están en riesgo. Para los ciudadanos, es crucial entender que existen mecanismos legales para la protección de la niñez y que, ante una notificación de este tipo, es fundamental buscar asesoramiento legal para ejercer los derechos correspondientes y comprender las implicaciones de estas decisiones administrativas y judiciales.

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