Volver al inicio
Negativo

Multas millonarias a empresas de transporte en Buenos Aires

El Ministerio de Transporte bonaerense impuso sanciones a Empresa El Santiagueño SRL y Tab Turismo por infracciones a la normativa vigente, con multas significativas. También se notificó una sanción a una persona física por el mismo tipo de incumplimientos.

Multas millonarias a empresas de transporte en Buenos Aires
Controles y multas en el transporte bonaerense

Índices de Impacto

Liberación
RegulaciónLiberación
Mercado/Estado
Pro EstadoPro Mercado
Colectivismo
Pro IndividuoPro Colectivo

Organizaciones

  • Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires
  • Subsecretaría de Transporte
  • Banco de la Provincia de Buenos Aires

Fechas Clave

20/01/2025
Fecha de operativo de control a Tab Turismo
29/09/2025
Fecha de Disposición de sanción a Tab Turismo
19/03/2026
Fecha de Disposición de notificación a Sra. Fandiño
22/06/2026
Fecha de publicación en Boletín Oficial

Controles en el Transporte Bonaerense: Sanciones por Incumplimientos

El Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, a través de la Dirección Provincial de Fiscalización del Transporte, ha publicado diversas disposiciones que imponen multas a empresas y particulares por infracciones a la normativa de transporte de pasajeros. Estas medidas buscan asegurar el cumplimiento de las regulaciones vigentes y la seguridad en los servicios.

Empresa El Santiagueño SRL, multada por $571.320

La firma Empresa El Santiagueño SRL (CUIT 30-57190066-8) fue sancionada con una multa de Pesos Quinientos Setenta y Un Mil Trescientos Veinte ($571.320). La infracción configurada corresponde al artículo 211 del Decreto N° 6864/58, que reglamenta el Decreto-Ley N° 16378/57. Este tipo de sanciones se aplica para garantizar que los operadores de transporte cumplan con las exigencias legales para la prestación de servicios.

Sanción de más de un millón de pesos para Tab Turismo

En un operativo de control realizado el 20 de enero de 2025 en la Ruta 2, km 90 (peaje Samborombón), se detectó que la empresa Tab Turismo (CUIT 30-71635761-5) realizaba un servicio intercomunal sin la debida autorización, transportando treinta pasajeros desde La Plata hasta Chascomús con el vehículo Dominio IHJ797. Dado que la empresa no formuló descargo y se la considera reincidente según el artículo 185 del Decreto N° 6864/58, se le aplicó una multa de Pesos Un Millón Ciento Cuarenta y Dos Mil Seiscientos Cuarenta ($1.142.640) por la infracción al artículo 211 del mismo decreto.

Notificación de sanción a una persona física

Asimismo, se notificó a la Sra. FANDIÑO SANDRA LEONOR (DNI N° 22.494.943), con domicilio en Monte Grande, sobre una sanción impuesta mediante la Disposición DISPO-2025-955-GDEBA-DPFTMTRAGP, también por una infracción prevista en el artículo 211 del Decreto N° 6864/58. Si bien el detalle de la multa no se especifica en el fragmento publicado, la medida subraya la aplicación de la normativa tanto a personas jurídicas como físicas que operan en el sector del transporte.

Opciones de pago y recursos

Los infractores tienen un plazo de diez (10) días hábiles para recurrir el acto resolutivo, o veinte (20) días hábiles para abonar la multa. El pago se realiza mediante interdepósito bancario al “Fondo Provincial del Transporte”. Además, se informa sobre la posibilidad de adherir al “Régimen de Regularización de Deudas” (Decreto N° 871/02) para formalizar el pago en cuotas, lo que ofrece una alternativa para regularizar la situación financiera ante la Subsecretaría de Transporte.

Estas acciones de fiscalización son fundamentales para mantener el orden y la legalidad en el servicio de transporte público, protegiendo a los usuarios y garantizando la competencia leal entre los prestadores.

Indicadores relacionados

Artículos Relacionados

🇦🇷
🇦🇷
🇦🇷
🇦🇷
🇦🇷
🇦🇷
🇦🇷
🇦🇷
🇦🇷
🇦🇷
✉️
✉️
✉️
✉️
✉️
✉️
✉️
✉️
✉️
✉️

Datos que Transforman

Recibe los análisis más provocadores del Boletín Oficial. No es una newsletter, es un manifiesto diario.

Nos tomamos en serio tu privacidad. No compartiremos tu información.