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Prorrogan operación de Hidroeléctrica Diamante en Mendoza

La Secretaría de Energía extendió el plazo de operación de HIDROELÉCTRICA DIAMANTE S.A. (HIDISA) hasta el 15 de diciembre de 2026, en el marco de la emergencia energética y mientras se prepara una nueva licitación.

Prorrogan operación de Hidroeléctrica Diamante en Mendoza
Represa hidroeléctrica con agua fluyendo, simbolizando la generación de energía.

Índices de Impacto

Liberación
RegulaciónLiberación
Mercado/Estado
Pro EstadoPro Mercado
Colectivismo
Pro IndividuoPro Colectivo

Organizaciones

  • MINISTERIO DE ECONOMÍA
  • SECRETARÍA DE ENERGÍA
  • HIDROELÉCTRICA DIAMANTE S.A. (HIDISA)
  • PROVINCIA DE MENDOZA
  • AGENCIA DE TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS PÚBLICAS

Fechas Clave

19/10/2024
Vencimiento del plazo original de la concesión de HIDISA
09/07/2026
Fin de la emergencia del Sector Energético Nacional
15/12/2026
Fecha máxima de prórroga de operación para HIDISA

La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, mediante la Resolución 145/2026, dispuso prorrogar la operación del Sistema Hidroeléctrico Diamante en Mendoza, a cargo de la actual concesionaria HIDROELÉCTRICA DIAMANTE S.A. (HIDISA). La extensión será hasta el 15 de diciembre de 2026, o hasta que se concrete una nueva adjudicación mediante concurso público nacional e internacional.

Esta decisión se enmarca en la emergencia del Sector Energético Nacional declarada hasta el 9 de julio de 2026 y busca asegurar la continuidad del servicio de generación eléctrica, considerado de interés general. La concesión original de HIDISA, otorgada por 30 años, venció el 19 de octubre de 2024. Desde entonces, se han sucedido prórrogas de un "período de transición" mientras se avanza en la preparación de un nuevo proceso licitatorio.

Condiciones clave para la prórroga:

  • Adhesión: HIDISA debe remitir una Carta de Adhesión dentro de los 5 días corridos desde la entrada en vigencia de la resolución.
  • Obligaciones: La concesionaria deberá cumplir con todas las obligaciones de su Contrato de Concesión original de 1994, con las modificaciones y aclaraciones de la presente resolución.
  • Garantía: Deberá mantener vigente una Garantía de Cumplimiento de Contrato no inferior a USD 1.000.000.
  • Remuneración: Los cambios en el esquema remuneratorio por normalización del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) no podrán invocarse como incumplimientos del Estado Nacional, y no podrán perjudicar la remuneración actual de la Concesionaria.
  • Regalías: Se deberá abonar el esquema de regalías para la Provincia de Mendoza que se acuerde.
  • Inventario: Presentar cuatrimestralmente un inventario detallado de bienes.
  • Visitas: Permitir visitas a los perímetros de la concesión a interesados en la futura licitación.

En caso de que HIDISA no adhiera, estará obligada a continuar con la generación de energía por un plazo no menor a 90 días corridos para permitir al Estado Nacional tomar los recaudos necesarios. La Subsecretaría de Energía Eléctrica continuará como veedor del proceso. Esta medida busca garantizar el suministro eléctrico y la seguridad operativa de un complejo hidroeléctrico fundamental para la matriz energética.

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