Rechazo a recursos por pase a disponibilidad en Capital Humano
El Poder Ejecutivo rechazó recursos jerárquicos de agentes del Ministerio de Capital Humano que cuestionaban su pase a disponibilidad por reestructuración.
Índices de Impacto
Organizaciones
- Ministerio de Capital Humano
- OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
Fechas Clave
El Poder Ejecutivo Nacional, a través de los Decretos 471/2026 y 472/2026, rechazó los recursos jerárquicos interpuestos por las señoras Griselda Matilde López (D.N.I. N° 26.625.518) y María Valeria Correa (D.N.I. N° 26.404.695) contra la Resolución del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO N° 126/25. Dicha resolución había dispuesto su pase a situación de disponibilidad, un paso administrativo que se activa como consecuencia de la supresión de unidades organizativas en la jurisdicción, conforme al Decreto N° 151/25 que modificó el organigrama del Ministerio.
Las recurrentes argumentaban que el acto administrativo era ilegítimo e inválido, alegando la inconstitucionalidad de los artículos 11 y 14 del Anexo de la Ley N° 25.164 (Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional) y sus normas reglamentarias, por considerar que eran contrarios al artículo 14 bis de la Constitución Nacional. Sostenían que, ante la supresión de áreas, debería proceder su reubicación en la Administración Pública Nacional y que la superación de la dotación óptima no constituía una motivación suficiente para el pase a disponibilidad. Sin embargo, la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO y el servicio jurídico del Ministerio de Capital Humano determinaron que las medidas se ajustaban a derecho. Se verificó que las agentes prestaban servicios en unidades suprimidas por el Decreto N° 151/25, lo que justificaba la aplicación del régimen de disponibilidad. El Poder Ejecutivo, siguiendo la doctrina de la Procuración del Tesoro de la Nación, se abstuvo de pronunciarse sobre la inconstitucionalidad de las leyes, una facultad privativa del Poder Judicial. Con el rechazo de estos recursos, la vía administrativa se agota para las ex-funcionarias, quienes tienen 180 días hábiles judiciales para iniciar acciones legales. Estos casos son un claro ejemplo de los desafíos que enfrentan los empleados públicos ante las reestructuraciones estatales y la aplicación de las normativas de empleo público.
