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Río Negro reglamenta ley clave para impulsar proveedores y empleo local

El gobierno provincial aprobó la reglamentación de la Ley N° 5.805, estableciendo un régimen de preferencia para proveedores y mano de obra rionegrina en contrataciones. La medida busca fortalecer la economía regional, fomentar la radicación de empresas y generar empleo genuino.

Río Negro reglamenta ley clave para impulsar proveedores y empleo local
Nueva normativa para impulsar economía rionegrina

Índices de Impacto

Liberación
RegulaciónLiberación
Mercado/Estado
Pro EstadoPro Mercado
Colectivismo
Pro IndividuoPro Colectivo

Organizaciones

  • Secretaría de Estado de Energía y Ambiente
  • Agencia de Recaudación Tributaria (ARTRN)
  • Secretaría de Trabajo
  • Poder Ejecutivo Provincial
  • Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa, Emprendedores y Economía del Conocimiento
  • ARCA
  • I.E.R.I.C.

Fechas Clave

01/01/2025
Fecha de referencia de la Resolución Nº 54/2025 de MiPyME
22/06/2026
Fecha de emisión y entrada en vigor del Decreto
21/08/2026
Plazo máximo para implementación del Registro de Proveedores (60 días post-publicación)

Río Negro impulsa la economía local con nueva reglamentación

El Gobierno de la Provincia de Río Negro, a través del Decreto N° 618/26, ha puesto en marcha la reglamentación de la Ley N° 5.805, una normativa fundamental para el desarrollo económico y productivo de la región. Esta medida busca no solo fortalecer el entramado empresarial rionegrino, sino también incentivar la radicación de nuevas compañías y asegurar una mayor participación de proveedores y mano de obra local en las contrataciones públicas.

Impacto en empresas y empleo

La reglamentación establece un marco claro para la certificación de "Proveedor Rionegrino", un estatus indispensable para acceder a los beneficios del régimen de preferencia. Los criterios de evaluación son rigurosos y abarcan aspectos fiscales, operativos, societarios, de empleo local e inversión productiva. Por ejemplo, se exige que la base imponible de los contribuyentes bajo Convenio Multilateral tenga un coeficiente mínimo del 80% en la provincia, con excepciones fundadas para empresas históricamente rionegrinas.

Para fomentar las nuevas inversiones, se introduce la figura del "Proveedor Rionegrino Condicional". Este régimen transitorio permite a las empresas que inician operaciones o tienen menos de un año de antigüedad acceder a los beneficios, siempre que presenten un Plan de Radicación con hitos verificables y se comprometan a cumplir con los requisitos definitivos en un plazo máximo de veinticuatro meses.

En cuanto a la mano de obra local, se establece la obligación de acreditar que al menos el 80% del personal afectado a la actividad califica como "Mano de Obra Local", conforme a la Ley J N° 2904. La Secretaría de Trabajo será la encargada de visar las Declaraciones Juradas correspondientes, y la Autoridad de Aplicación podrá celebrar convenios para fortalecer los mecanismos de control.

Régimen de Contratación y Control

El Régimen de Preferencia Competitiva se estructura en torno a una "Unidad de Proyecto" para el cómputo del porcentaje de contratación local, aunque se prevén excepciones para cómputos globales anuales en proyectos de alta complejidad. Se implementará un Sistema Digital (Módulo Compre RN) para garantizar la transparencia, trazabilidad y control efectivo de los procesos de contratación, con plazos mínimos de publicación y mecanismos de ratificación expresa o silencio negativo para las excepciones.

La reglamentación también prohíbe la cesión o subcontratación a sujetos no certificados sin autorización expresa, estableciendo responsabilidad solidaria y sanciones en caso de incumplimiento. Se prevé un sistema integral de control, fiscalización y auditoría, con reportes semestrales obligatorios y un plan anual de compras para los sujetos obligados. Además, se definen infracciones (leves, graves, muy graves) y un régimen sancionatorio graduado, que incluye apercibimientos, multas y suspensiones o exclusiones del Registro de Proveedores Rionegrinos.

Claves para el ciudadano y las empresas

  • Para empresas rionegrinas: La certificación como "Proveedor Rionegrino" es clave para tener preferencia en las contrataciones estatales. Es fundamental revisar los requisitos fiscales, de empleo y operativos detallados.
  • Para nuevas inversiones: El régimen "condicional" ofrece una ventana de dos años para consolidar la radicación y cumplir con los parámetros, lo que puede ser un atractivo para instalarse en la provincia.
  • Para trabajadores: La promoción de la mano de obra local busca generar más oportunidades de empleo para los residentes de Río Negro.
  • Transparencia: El uso de plataformas digitales y la publicidad de la información buscan garantizar un proceso de contratación más claro y accesible.

La Autoridad de Aplicación deberá implementar el Registro de Proveedores en un plazo de sesenta días desde la publicación del decreto, lo que marcará el inicio de la operatividad plena de este nuevo marco normativo. Las empresas interesadas deberán estar atentas a las próximas comunicaciones de la Secretaría de Estado de Energía y Ambiente para completar su registro y adecuarse a las nuevas exigencias.

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