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El Instituto de Previsión Social bonaerense vuelve a ser noticia por casos de reconocimiento de beneficios previsionales a personas que fallecieron durante el trámite. ¿Hasta cuándo la lentitud estatal?
Una y otra vez, el Instituto de Previsión Social (IPS) de la Provincia de Buenos Aires es protagonista de historias que, si bien terminan en el reconocimiento de derechos, lo hacen con un sabor agridulce. Dos nuevas resoluciones en el Boletín Oficial exponen una triste realidad: la lentitud administrativa en el otorgamiento de jubilaciones y pensiones, que lleva a que los beneficios sean concedidos post-mortem, dejando a los herederos como únicos receptores de una justicia que llegó demasiado tarde.
La Resolución N° 791 aborda un caso particularmente conmovedor. Se trata de Marcela Alejandra AQUILANO (DNI N° 16.927.010), una maestra de la Dirección General de Cultura y Educación que solicitó su jubilación ordinaria. Lamentablemente, Marcela falleció el 8 de enero de 2024 mientras su trámite estaba en curso. El IPS ahora reconoce su derecho a una jubilación equivalente al 70% del sueldo de Maestra de Grado y al 60% del sueldo de Preceptora, con 24 años de antigüedad, desde el 1 de octubre de 2018 hasta su deceso.
Pero la tragedia no termina ahí. Su cónyuge, Marcelo Cesar FELICE (DNI N° 14.780.641), solicitó el beneficio pensionario tras el fallecimiento de Marcela. Increíblemente, Marcelo también falleció el 27 de febrero de 2024, antes de que su propia pensión fuera resuelta. El IPS reconoce su derecho a una pensión equivalente al 53% del sueldo de Maestra de Grado y al 42% del sueldo de Preceptora de su esposa, desde el 9 de enero de 2024 hasta su fallecimiento. En ambos casos, las sumas devengadas se declaran de legítimo abono a favor de sus herederos.
Otro caso similar es el de María Isabel MEYER (DNI N° 13.542.581), detallado en la Resolución N° 2029. María Isabel solicitó una pensión como cónyuge supérstite de Guillermo Damián NOCETO, quien fuera Director en la Municipalidad de Avellaneda y falleció el 24 de septiembre de 2022. Trágicamente, María Isabel también falleció el 24 de marzo de 2024, durante la tramitación de su beneficio.
El IPS ahora reconoce su derecho a una pensión equivalente al 53% del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Director de su causante, con 17 años de antigüedad, a liquidarse desde el 25 de septiembre de 2022 hasta la fecha de su propio fallecimiento. Una vez más, las sumas resultantes se declaran de legítimo abono para sus herederos.
"Estos casos son un crudo recordatorio de que detrás de cada expediente hay una vida, una familia y una espera que a veces se vuelve eterna."
¿Por qué es importante para el ciudadano? Estas resoluciones ponen de manifiesto la urgencia de agilizar los trámites previsionales. La burocracia no solo genera frustración, sino que puede tener un costo humano incalculable. Es fundamental que los organismos públicos garanticen que los derechos se cumplan en tiempo y forma, especialmente en situaciones tan delicadas como la jubilación o la pensión tras un fallecimiento.
Para evitar estas situaciones, los ciudadanos deben monitorear activamente el estado de sus trámites a través de los canales digitales del IPS, exigir plazos de respuesta y, en caso de demoras excesivas, consultar con abogados especializados en derecho previsional para interponer los recursos correspondientes. Estar informado es la primera línea de defensa contra la ineficiencia.