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Positivo

Transporte Fluvial en PBA: Cambia cálculo de compensaciones

El Ministerio de Transporte bonaerense modificó la metodología para calcular las compensaciones al servicio de transporte fluvial de pasajeros. La clave está en el cambio del criterio contable de 'devengado' a 'percibido' para los ingresos, buscando mayor justicia en los pagos.

Transporte Fluvial en PBA: Cambia cálculo de compensaciones
Modernización de compensaciones en transporte fluvial bonaerense

Índices de Impacto

Liberación
RegulaciónLiberación
Mercado/Estado
Pro EstadoPro Mercado
Colectivismo
Pro IndividuoPro Colectivo

Organizaciones

  • Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires
  • Subsecretaría de Transporte de la Provincia de Buenos Aires
  • Asesoría General de Gobierno
  • Contaduría General de la Provincia
  • Fiscalía de Estado
  • Asociación Civil de Armadores de Lanchas con Itinerario y Horario Fijo
  • Dirección General de Cultura y Educación
  • Dirección Provincial de Planificación y Política Económica del Transporte

Fechas Clave

31/12/2024
Prórroga Ley N° 15.394 (Presupuesto 2023)
01/05/2026
Inicio de aplicación de nueva metodología
10/06/2026
Fecha de publicación en Boletín Oficial

El Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires implementó una modificación clave en la Metodología de Cálculo de Compensación de Costos del Servicio de Transporte Fluvial Público. Esta medida, que comenzará a aplicarse a partir de la liquidación correspondiente al mes de mayo de 2026, busca optimizar la ecuación económico-financiera de los operadores del servicio.

¿Qué cambió exactamente?

La principal novedad radica en el criterio contable para la liquidación de los ingresos por línea. Anteriormente, no se especificaba claramente si se consideraban los ingresos devengados o los percibidos. A partir de ahora, se establece explícitamente que el criterio adoptado será por lo percibido. Esto aplica a los ingresos por validadora SUBE, por Declaración Jurada (DDJJ), escolares y por contratos de exclusividad.

Además, se eliminaron los ítems de Incentivo SUBE y Erogación Total de la metodología, dado que ha finalizado el plazo de convivencia de un sistema mixto de percepción tarifaria (efectivo contra ticket y sistema SUBE).

Impacto para operadores y el servicio

Este cambio es significativo para las empresas que brindan el servicio de transporte fluvial en la provincia. Al considerar los ingresos efectivamente percibidos en lugar de los devengados, se busca una compensación más justa y alineada con la realidad del flujo de caja de los operadores. Esto responde a una preocupación manifestada por la Asociación Civil de Armadores de Lanchas con Itinerario y Horario Fijo, que buscaba mayor claridad y equidad en el cálculo.

La medida busca dar mayor previsibilidad y estabilidad económica a un sector vital para la conectividad en ciertas zonas de la provincia. Una mejora en la ecuación económica de los prestadores puede traducirse en una mayor sustentabilidad del servicio, beneficiando indirectamente a los usuarios que dependen de este medio de transporte.

La resolución también deroga el artículo 2° de la Resolución N° 198/2023 del Ministerio de Transporte bonaerense, aunque aclara que los efectos que este haya producido y los que se encuentren en ejecución conservan plena validez.

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