Unificación de penas para Agustín Maximiliano Barboza
Se informa la condena unificada a 4 años de prisión efectiva para Agustín Maximiliano Barboza por delitos de violación de domicilio, daño, amenazas y abuso sexual.
Índices de Impacto
Organizaciones
- JUZGADO DE EJECUCION PENAL Nº2
- JUZGADO CORRECCIONAL Nº 3 - PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO
- Cámara Segunda en lo Criminal Nº 2
Fechas Clave
La Jueza de Ejecución Penal Nº2, Ligia Alejandra Duca, comunica la unificación de penas impuestas a Agustín Maximiliano Barboza (DNI 41.759.591). El edicto detalla la Sentencia Nº 93, dictada el 6 de mayo de 2026 por el Juzgado Correccional Nº 3 del Poder Judicial de la Provincia del Chaco.
Barboza fue condenado inicialmente a un año de prisión efectiva por "Violación de Domicilio, Daño y Amenazas Simples" (hechos del 22/11/2025). Además, se revocó la condicionalidad de una condena previa de tres años por "Abuso Sexual" (Sentencia Nº 260 del 01/10/2025). En consecuencia, se dictó una pena única de cuatro (4) años de prisión efectiva, abarcando todos los delitos: "Violación de Domicilio, Daño, Amenazas Simples, Abuso Sexual Simple Agravado por la Convivencia y, Producción y Publicación de Representación de Partes Genitales de Menores de Edad con Fines Sexuales, todos en Concurso Real".
Este procedimiento de unificación es un acto procesal que consolida distintas condenas en una sola pena a cumplir, lo cual es habitual en el sistema penal. Este edicto es fundamental para la correcta ejecución de la pena y para la publicidad de las decisiones judiciales. Refleja la aplicación de diversas figuras del Código Penal y la Ley 22.117.
