Hipermercados
Tasa de Inspección Seguridad e Higiene que cobran los municipios a hipermercados.
- Base imponible (municipal)
- Monto fijo anual en Unidades Tributarias (UT) según categoría del local
- Mínimo / monto fijo
- 500.000 UT/año (~$46,5M anuales)
- Comentarios
- Mendoza Capital cobra monto fijo anual en Unidades Tributarias (UT 2025 = $93,10) en lugar de alícuota porcentual. Hipermercado paga 500.000 UT/año (~$46,5M). El % equivalente es estimado asumiendo facturación típica de un hipermercado grande (~$10.000M/año). Supermercados pagan 130.000 UT, autoservicios 4.800 UT (Ordenanza Tarifaria 2025, Cap. VI Art. 27).
- IIBB Provincial
- Comercio minorista (ATM Mendoza). Alícuota general — pueden existir alícuotas reducidas o incrementadas por subcategoría, escalón de facturación, exenciones o regímenes especiales. Para datos exactos consultar la ley impositiva provincial vigente. IIBB provincial es distinto a las tasas municipales de Seguridad e Higiene.
