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Una avalancha de citaciones desde Esteban Echeverría, Lomas de Zamora y San Vicente sacude el tablero inmobiliario. La Ley 24.320 permite a los municipios adquirir propiedades por 'prescripción administrativa', ¡y los dueños originales tienen 30 días para defenderse o perderlo todo!
El Boletín Oficial de hoy es un verdadero llamado de atención para miles de bonaerenses, especialmente en el conurbano. Las Municipalidades de Esteban Echeverría, Lomas de Zamora y San Vicente han publicado una batería de avisos que, bajo la aparentemente inocente Ley de Prescripción Adquisitiva Administrativa N° 24.320, buscan regularizar la titularidad de numerosos inmuebles. ¿Qué significa esto? Que si tenés propiedades con dominios antiguos o en situaciones irregulares, tu derecho podría estar en la mira.
En esencia, la ley permite a los municipios iniciar procesos para adquirir la titularidad de terrenos que han estado en posesión de terceros por un largo tiempo, o que tienen dueños registrales que ya no aparecen. Las notificaciones de hoy citan a los supuestos dueños o a quienes se consideren con derecho sobre las parcelas para que, en un plazo de 30 días, presenten sus oposiciones. Si no lo hacen, el municipio podría avanzar con la regularización dominial a su favor.
La lista es larga y variada, abarcando propiedades en Monte Grande, 9 de Abril (Esteban Echeverría), Ingeniero Budge (Lomas de Zamora) y varias zonas de San Vicente. Algunos de los nombres de antiguos propietarios mencionados en Lomas de Zamora incluyen a Antonio Rigoni, Balna Aida, Don Vito Sabatelli, Francisco B. Recondo, Juan Necol, Pedro Fiorito, Antonio Fiorito, Francisco Sanchez, Leonardo Lopez, Oneto, Marcheselli y Fraschini, y Los Alerces S.A., entre otros. La antigüedad de algunos de estos registros, que datan de 1907 o 1960, subraya la magnitud histórica de esta movida.
Para los ciudadanos, esto significa que es vital revisar las publicaciones oficiales, especialmente si tienen propiedades que no están perfectamente en regla o que han sido heredadas sin una actualización dominial. La omisión puede costarles la propiedad. Las oposiciones deben ser fundadas y por escrito, presentadas en las Secretarías de Tierras y Viviendas de cada municipio. Es un "corralito" inmobiliario que busca poner orden en el catastro, pero que exige una vigilancia extrema a los propietarios.
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