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Cuatro nuevas disposiciones del Ministerio de Capital Humano homologan acuerdos de suspensiones de personal bajo el polémico Artículo 223 bis, revelando la profunda crisis que golpea a sectores clave de la economía argentina.
El Boletín Oficial de hoy no trajo buenas noticias para el mercado laboral. En una señal inequívoca de la profundización de la crisis económica, la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, bajo la órbita del Ministerio de Capital Humano, homologó cuatro acuerdos de suspensiones de personal que afectan a varias empresas y a miles de trabajadores en distintos rubros.
Estas homologaciones se realizan bajo el amparo del Artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo (Ley N° 20.744). ¿Qué significa esto para vos, laburante? Simple: tu empleador te suspende, no trabajás, pero recibís una prestación dineraria no remunerativa –que no cuenta para aportes jubilatorios ni otros beneficios plenos– con el objetivo de evitar el despido masivo.
Entre las firmas afectadas y los gremios que acordaron se encuentran:
La clave de estos acuerdos es que el consentimiento de los gremios es interpretado por la autoridad laboral como un "reconocimiento tácito a la situación de crisis" de las empresas. Esto les permite saltarse el Procedimiento Preventivo de Crisis que exige la Ley 24.013, una medida que, si bien busca preservar los puestos de trabajo en el corto plazo, deja entrever la gravedad de la situación económica que atraviesan estas compañías.
Para el ciudadano de a pie, esto significa menos ingresos en los bolsillos de los trabajadores afectados y una señal de que la recesión sigue pegando fuerte en la producción y el consumo. El gobierno, al homologar, legitima una herramienta de emergencia que, aunque polémica, es vista como un mal menor ante la amenaza del desempleo.
Seguí de cerca las noticias económicas y los comunicados de los sindicatos de tu sector. Estas medidas suelen ser el preámbulo de escenarios más complejos si la economía no repunta.