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Convocatoria a Asamblea Cooperativa Citrícola de Corrientes

La cooperativa de Mocoretá llama a sus asociados para la Asamblea General Ordinaria el 3 de agosto de 2026, donde se tratarán balances y renovación de autoridades.

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Convocatoria a Asamblea Cooperativa Citrícola de Corrientes
Citrus fields with cooperative building in the background

Índices de Impacto

Liberación
RegulaciónLiberación
Mercado/Estado
Pro EstadoPro Mercado
Colectivismo
Pro IndividuoPro Colectivo

Organizaciones

  • Cooperativa Exportadora Citricola de Corrientes Ltda.

Fechas Clave

01/02/2025
Inicio ejercicio económico Nº 22
31/01/2026
Cierre ejercicio económico Nº 22
03/08/2026
Fecha de Asamblea General Ordinaria

La Cooperativa Exportadora Citrícola de Corrientes Ltda. ha emitido dos convocatorias idénticas para su Asamblea General Ordinaria, programada para el 3 de agosto de 2026 a las 19:00 horas en su sede social de Mocoretá. Este llamado es crucial para la vida institucional de la cooperativa, ya que los asociados deberán abordar varios puntos clave.

La agenda incluye la designación de dos asociados para firmar el acta, y una explicación sobre los motivos por los cuales la asamblea se realiza fuera de los términos legales establecidos. Este punto es relevante para la transparencia y la validación de los actos de la asamblea.

Además, se someterán a consideración la Memoria, Balance General, Estado de Resultados y anexos, Proyecto de distribución de Resultados e Informe del Síndico correspondientes al ejercicio económico y social N° 22, que abarcó desde el 1° de febrero de 2025 hasta el 31 de enero de 2026. También se definirá el destino del ajuste de capital del ejercicio.

Un aspecto central de la asamblea será la renovación parcial de autoridades. Se elegirá a CUATRO (4) MIEMBROS TITULARES del Consejo de Administración por dos años, en reemplazo de Fernando Gabriel Coulleri, Alexis Román Coulleri, Javier Ceferino Coulleri y Horacio José Robol. Asimismo, se elegirán Tres (3) Consejeros Suplentes por un año, y un (1) Síndico Titular y un (1) Síndico Suplente, ambos por el término de un año.

Según el Artículo 32 de los estatutos, las asambleas se realizarán válidamente sea cual fuere el número de asistentes, una hora después de la fijada para la convocatoria, si antes no se hubiera reunido la mitad más uno de los asociados.

Este tipo de convocatorias es fundamental para la gobernanza corporativa y la participación de los socios en la toma de decisiones que afectan directamente el rumbo de la cooperativa y, por ende, a la producción citrícola de la región.

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