Modificaciones salariales para el personal de juegos de azar
Se registra el acuerdo entre ALEARA y La Mediterránea S.A. que modifica las condiciones salariales en el marco del CCT de Empresa N° 965/08 “E”.
Índices de Impacto
Organizaciones
- SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA)
- LA MEDITERRANEA SOCIEDAD ANÓNIMA
- MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
- Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo
El Ministerio de Capital Humano, a través de la Disposición 127/2026, ha registrado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA) y la empresa LA MEDITERRANEA SOCIEDAD ANÓNIMA. Este acuerdo establece modificaciones salariales para los trabajadores bajo el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa (CCT de Empresa) N° 965/08 “E”.
La disposición señala que las partes deberán considerar lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) en relación al carácter del incremento pactado. La operatividad de una cláusula específica quedará circunscripta al plazo de vigencia del acuerdo.
La registración de este acuerdo es un paso administrativo que formaliza las condiciones salariales para los empleados de La Mediterránea S.A. en el sector de juegos de azar. La Dirección Técnica sobre Regulación del Trabajo evaluará la fijación del tope indemnizatorio.
