San Salvador de Jujuy digitaliza notificaciones de faltas
La Municipalidad de San Salvador de Jujuy modifica su Código de Faltas para incorporar la notificación electrónica como válida y eficaz, simplificando trámites y modernizando la gestión.
Índices de Impacto
Organizaciones
- Municipalidad de San Salvador de Jujuy
- Concejo Deliberante de San Salvador de Jujuy
- Secretaría de Gobierno
- Juzgado de Faltas
Fechas Clave
La Municipalidad de San Salvador de Jujuy ha dado un paso hacia la modernización de sus procedimientos administrativos con la promulgación de la Ordenanza N° 8272/2026, mediante el Decreto Nº 1602.269.006. Esta normativa, sancionada por el Concejo Deliberante el 5 de junio de 2026, introduce modificaciones clave al Código de Faltas Municipal (Ordenanza N° 6666/2014) para incorporar la notificación electrónica como un medio válido y eficaz.
El cambio principal radica en el Artículo 58°, que ahora permite notificaciones electrónicas cursadas al domicilio electrónico constituido por el infractor o contribuyente. Estas notificaciones se considerarán válidas y eficaces cuando sean enviadas a través de los sistemas electrónicos institucionales habilitados por el municipio, y su recepción efectiva quedará registrada.
Además, se sustituye el Artículo 58° bis para establecer la obligación de constituir domicilio electrónico en la primera presentación ante el Juzgado de Faltas. Esta constitución, bajo declaración jurada, implicará la aceptación del régimen de notificaciones electrónicas. La reglamentación de esta ordenanza, a cargo del Departamento Ejecutivo Municipal, definirá los requisitos técnicos y procedimientos para su implementación progresiva, garantizando la accesibilidad, seguridad y protección de datos.
Esta medida busca simplificar los trámites, reducir la burocracia y mejorar la eficiencia en la comunicación entre el municipio y los ciudadanos. Al digitalizar las notificaciones, se promueve un gobierno más ágil y transparente, aunque se enfatiza la necesidad de respetar el derecho de defensa y el debido proceso.
