Tribunal de Cuentas: Ajustes en la rendición de gastos reservados
El Tribunal de Cuentas de Santa Fe modifica la reglamentación para la rendición de gastos reservados, buscando mayor flexibilidad y adecuación a la realidad de investigaciones criminales.
Índices de Impacto
Organizaciones
- Tribunal de Cuentas de la Provincia
Fechas Clave
La Resolución N° 145 del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe introduce modificaciones importantes en la forma de rendición de los gastos reservados o especiales, un tema sensible y crucial para la administración pública. Estos gastos, regulados por la Ley Provincial N° 14240, están destinados exclusivamente a solventar investigaciones criminales complejas o a proteger la vida e integridad física de personas vinculadas a ellas.
El cambio principal se centra en el apartado 12° del Anexo III de la Resolución N° 0029/20 TCP. Ahora, si por las circunstancias inherentes a la realización del gasto fuera imposible obtener un documento respaldatorio, el funcionario que lo autorice deberá adjuntar una Declaración Jurada. Esta declaración deberá dar cuenta de la aplicación de los fondos y los motivos por los cuales no se pudo conseguir el comprobante.
Impacto de la medida
Esta adecuación normativa busca armonizar el control con la naturaleza particular de los gastos reservados, donde la divulgación de información puede comprometer el éxito de una investigación o la seguridad de personas. La resolución clarifica que la decisión de que la información sea conocida no recae en el Tribunal de Cuentas, sino que la rendición se ajustará a las circunstancias de reserva. Se acepta como prueba documental toda aquella que tenga relación con la función de investigación criminal o, en su defecto, la declaración jurada del jefe de la unidad que administra los fondos especiales, confirmando que fueron destinados al cumplimiento de la Ley N° 14240.
La documentación requerida para la rendición mensual incluirá: copia del acto de transferencia de fondos, constancia de transferencia a la cuenta del órgano administrador, recibo suscripto por el titular del órgano y la mencionada Declaración Jurada, que podrá incluir en sobre cerrado y lacrado los comprobantes o la justificación de su imposibilidad. Finalmente, se solicitará un Balance de Inversión detallando fondos recibidos, ejecutados y, si los hubiere, reintegrados.
Esta medida refleja un esfuerzo por parte del Tribunal de Cuentas para hacer más eficiente y realista el control de este tipo de erogaciones, sin menoscabar la transparencia en la gestión de fondos públicos.
