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En un movimiento *sorpresivo* y casi sobre la bocina, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) otorga un plazo *extraordinario* hasta el 6 de diciembre para que quienes regularizaron dinero en efectivo o títulos valores completen su adhesión al Régimen de Sinceramiento Fiscal. ¡El reloj corre!
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), bajo la batuta de la Directora Ejecutiva Florencia Lucila Misrahi, lanzó la Resolución General 5610/2024, una medida que funciona como un salvavidas de último momento para un grupo específico de contribuyentes. Aquellos que habían manifestado su intención de blanquear fondos en efectivo o títulos valores bajo el Capítulo V del Título II de la Ley N° 27.743, pero que no habían completado el proceso de adhesión a la "Etapa 1" hasta el 8 de noviembre, ahora tienen una ventana de oportunidad final.
La extensión aplica exclusivamente para quienes regularizaron únicamente fondos (ya sea en efectivo en el país o en el exterior, o dinero y títulos valores depositados en entidades del exterior). El plazo para completar la manifestación de adhesión al Régimen de Regularización de Activos se extendió hasta el 6 de diciembre de 2024, inclusive. Esta adhesión se instrumentará sistémicamente como si fuera parte de la "Etapa 2" del blanqueo, que ya había sido prorrogada con anterioridad.
Esta resolución no es un capricho de la AFIP; surge de una encomienda directa del Ministerio de Economía, que mediante su Resolución N° 1.289 del 29 de noviembre de 2024, pidió a la ARCA que permitiera esta prórroga exprés. El objetivo es claro: maximizar la recaudación y la formalización de activos que, de otro modo, quedarían fuera del sistema.
Esta medida es crucial para quienes se quedaron en el limbo de la primera etapa. Si usted es uno de los contribuyentes que regularizó fondos en efectivo o títulos valores y no completó la adhesión, esta es su última oportunidad para evitar problemas fiscales mayores y cumplir con las obligaciones del régimen. La presentación de la declaración jurada de regularización podrá realizarse hasta el vencimiento fijado por el Decreto N° 977/24 para la Etapa 2.
Para no perderse esta chance, los interesados deben acceder a la opción “Manifestación de Adhesión” del servicio “Portal Régimen de Regularización de Activos Ley N° 27.743” en la web de la AFIP. Se recomienda actuar con celeridad y consultar con su asesor impositivo para asegurar el correcto cumplimiento.