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Municipios de Pilar, Malvinas Argentinas, Coronel Dorrego, Esteban Echeverría y San Vicente citan a propietarios y herederos para regularizar inmuebles. ¿Tu casa está en la lista de la Ley de Prescripción Adquisitiva Administrativa?
El Boletín Oficial se llenó de notificaciones que sacuden el panorama inmobiliario bonaerense. Diversos registros notariales y municipios están impulsando procesos de regularización dominial bajo las Leyes 24.374 y 24.320, que permiten la prescripción adquisitiva administrativa, comúnmente conocida como usucapión administrativa. Esto significa que aquellos que han poseído un inmueble de forma pública, pacífica e ininterrumpida por un tiempo determinado, pueden iniciar un trámite para obtener su título de propiedad.
Desde el Registro Notarial de Regularización Dominial N° 1 de Pilar y el N° 4 de Malvinas Argentinas, hasta las municipalidades de Coronel Dorrego, Esteban Echeverría y San Vicente, se están citando y emplazando a titulares de dominio, herederos o a quienes se consideren con derechos sobre numerosos inmuebles. El objetivo es que, en un plazo perentorio de 30 días, presenten oposición a estas regularizaciones. De no hacerlo, los expedientes avanzarán conforme a las constancias obrantes, pudiendo formalizarse la transferencia de dominio a quienes han ocupado y mantenido las propiedades.
Esta oleada de avisos busca formalizar situaciones de hecho que, por años, mantuvieron a miles de familias en la informalidad, sin la seguridad jurídica de un título de propiedad. La medida, aunque administrativa, tiene un impacto social y económico gigantesco. Por un lado, brinda una oportunidad histórica a quienes han vivido y trabajado en esas tierras sin un papel que los avale. Por otro, obliga a los titulares registrales (muchas veces herederos lejanos o empresas ya disueltas) a estar extremadamente atentos para no perder sus derechos sin siquiera enterarse.
Es fundamental que los ciudadanos de estas localidades revisen con lupa las listas de inmuebles publicadas. Si usted es titular, heredero o considera tener algún derecho sobre una propiedad mencionada, debe actuar rápido. Las oposiciones deben ser por escrito y debidamente fundadas, presentándose en las sedes indicadas por cada organismo. Este proceso, si bien puede generar incertidumbre en el corto plazo, busca poner orden en el catastro y el mercado inmobiliario, aportando transparencia y valor a la tenencia de la tierra en la provincia.